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USCIS confirmó que a partir del 15 de septiembre de 2026 dejará de aceptar la edición vigente del Formulario I-539, usado para extender o cambiar el estatus de no inmigrante. Desde esa fecha, solo se procesarán solicitudes con la nueva versión del formulario, publicada ese mismo día.

El cambio responde a la nueva regla federal que fija un período de admisión y un procedimiento de extensión de estadía para estudiantes, visitantes de intercambio y representantes de medios extranjeros. USCIS aclaró que no habrá período de gracia entre una edición y otra.

¿Qué cambia con el nuevo Formulario I-539?

USCIS reemplazará la edición actual del Formulario I-539 (28/08/24) por una nueva versión, fechada 15/09/26, ajustada a la reciente regla sobre extensión de estadía.

La transición será estricta, sin superposición entre versiones. USCIS ya publicó versiones preliminares de ambos formularios con sus instrucciones actualizadas en su sitio oficial.

Las fechas clave para cada trámite son las siguientes:

  • Formulario I-539: la edición 28/08/24 se acepta si está matasellada o presentada electrónicamente antes del 15 de septiembre.
  • Formulario I-765: la edición 21/08/25 se acepta bajo la misma condición, hasta esa fecha.
  • Nuevas ediciones (15/09/26): solo se aceptan si están mataselladas o se presentan electrónicamente en o después del 15 de septiembre.

El organismo pidió no presentar las nuevas ediciones antes de tiempo: serán rechazadas si se envían antes del 15 de septiembre.

USCIS reemplazará la edición actual del Formulario I-539 (28/08/24) por una nueva versión, fechada 15/09/26, ajustada a la reciente regla sobre extensión de estadía.

¿Qué deben hacer los inmigrantes para no perder su trámite?

Quienes presenten el Formulario I-539 antes del 15 de septiembre deben usar las ediciones vigentes: 28/08/24 y 21/08/25, respectivamente. Enviar la versión equivocada implica el rechazo automático del trámite.

Quienes tramiten en o después del 15 de septiembre deberán usar la nueva edición (15/09/26), ya disponible en versión preliminar en las páginas oficiales del Formulario I-539. No respetar esta ventana puede retrasar o reiniciar el trámite migratorio.