

California se prepara para un cambio profundo en sus políticas públicas. A partir de 2026, una serie de normas estatales empezarán a modificar la forma en que escuelas, policías, vendedores ambulantes y agencias gubernamentales interactúan con las comunidades inmigrantes.
Las medidas, impulsadas en los últimos años y firmadas por el gobernador Gavin Newsom, avanzan hacia un modelo de resguardo más estricto y con controles más claros.
Un nuevo marco legal para escuelas y universidades
El sistema educativo será uno de los sectores donde los cambios se harán sentir con mayor impacto. Con la entrada en vigor de la SB 98, los centros educativos deberán actualizar sus planes de seguridad y establecer protocolos transparentes ante la presencia de agentes migratorios en un campus.

La medida obliga a notificar a familias, docentes y personal escolar cuando exista una verificación oficial de agentes de inmigración, siempre sin divulgar datos personales.
Esto incluye desde escuelas primarias hasta universidades públicas y privadas, que deberán adaptar sus lineamientos antes del 1° de marzo de 2026.
Escuelas santuario: más blindaje y menos exposición
Otra pieza clave del paquete legislativo es la AB 49, que fortalece las llamadas “escuelas santuario”. La norma prohíbe el ingreso de funcionarios de inmigración a zonas no públicas de un establecimiento educativo sin una orden judicial válida. También evita que se entreguen registros académicos o información privada sin cumplir con criterios estrictos.
Las agencias educativas tienen plazo hasta el 1° de marzo de 2026 para actualizar sus políticas internas y definir procedimientos claros ante cualquier solicitud de colaboración de agentes federales.
Protección reforzada para vendedores ambulantes
El comercio callejero —una actividad donde participa una alta proporción de inmigrantes— también recibe una cobertura inédita. La SB 635 prohíbe a gobiernos locales solicitar información migratoria, lugar de nacimiento o antecedentes criminales como requisito para emitir permisos de operación.
Desde el 1° de enero de 2026, todos los contratos destinados a regular la actividad deberán incluir cláusulas que impidan cualquier colaboración con acciones federales de control migratorio. Además, el 1° de marzo de 2026 vence el plazo para destruir registros previos que contengan datos sensibles, salvo que exista obligación legal de conservarlos.
Identificación obligatoria para agentes sin uniforme
A partir de 2026 también entra en vigor la SB 805, que obliga a cualquier agente policial que trabaje sin uniforme —incluidos federales operando en California— a mostrar de manera visible una identificación con nombre, número o agencia correspondiente.
El propósito es evitar suplantaciones y aumentar la transparencia en operativos públicos. Las agencias policiales deberán publicar sus políticas internas actualizadas desde comienzos de año.
Limitaciones al uso de cubiertas faciales
Otra norma clave es la SB 627, que prohíbe a los agentes utilizar máscaras opacas que oculten el rostro mientras desempeñan funciones oficiales. La única excepción serán los operativos autorizados que requieran anonimato por razones de seguridad.
A partir del 1° de julio de 2026, todas las agencias deberán tener listas sus políticas sobre el uso permitido o restringido de cubiertas faciales. La ley incorpora sanciones específicas: un agente que cometa abuso o arresto falso mientras oculta su identidad no podrá invocar inmunidad civil.
Nuevas reglas sobre bases de datos y colaboración migratoria
La SB 580 completa el paquete legislativo al enfocarse en el uso de bases de datos estatales y locales. La Fiscalía General deberá presentar, antes del 1° de julio de 2026, políticas modelo que regulen cómo interactuar con autoridades migratorias y cómo limitar el acceso a información sensible.
Además, deberán publicarse guías técnicas, auditorías y capacitaciones destinadas a evitar que los datos estatales sean utilizados para acciones de control migratorio sin autorización.













