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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) recordó una norma clave que suele generar confusión. Las deudas fiscales no desaparecen con la muerte de una persona. Si el fallecido tenía impuestos atrasados, esas obligaciones deben ser cubiertas antes de repartir la herencia, utilizando los bienes que integran el patrimonio.
Cuando este trámite se posterga o no se realiza correctamente, el organismo puede avanzar con medidas como el embargo de cuentas bancarias, la aplicación de gravámenes y la venta de bienes.
Nadie se puede quedar con la herencia de estas personas fallecidas
Al momento del fallecimiento, todos los bienes, derechos y obligaciones de la persona pasan a conformar un patrimonio legal (estate). Dentro de ese conjunto, las deudas fiscales mantienen su vigencia.
Esto implica que:
- El IRS tiene prioridad para cobrar los impuestos adeudados
- Los bienes no pueden distribuirse libremente hasta regularizar la situación
- El patrimonio heredado debe utilizarse para saldar la deuda antes del reparto
El trámite que todos los herederos deben realizar para evitar problemas legales
Para evitar problemas legales, es fundamental cumplir con ciertas obligaciones:
- Presentar las declaraciones de impuestos pendientes del fallecido
- Determinar el monto total de la deuda
- Saldar las deudas utilizando los fondos del patrimonio
Este proceso suele estar a cargo del administrador o albacea de la herencia, quien tiene la responsabilidad de ordenar la situación fiscal antes de distribuir los bienes.
IRS embarga las cuentas bancarias y bienes de los herederos que postergaron este trámite
Si la deuda no se resuelve a tiempo, el IRS puede intensificar sus acciones de cobro. Entre las principales medidas se encuentran:
- Embargo de cuentas bancarias vinculadas al patrimonio
- Gravámenes sobre propiedades y bienes heredados
- Retención de activos antes de su distribución
- Venta de bienes para recuperar el monto adeudado