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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de Estados Unidos detalla en su sitio web oficial en qué circunstancias los agentes de recaudación pueden visitar el domicilio o negocio de un contribuyente.

En estos casos, los revenue officers, empleados civiles encargados de intervenir en la recaudación fiscal, tienen la potestad de realizar visitas presenciales para resolver las deudas pendientes y, para avisar que realizarán esta acción, primero envían la Carta 725-B.

Cuando los agentes de recaudación del IRS pueden visitar un domicilio

Estas visitas no ocurren de un momento para el otro, sino que forman parte de un proceso de cobro que inicia cuando el contribuyente ignora las comunicaciones oficiales.

Antes de acudir se envía la Carta 725-B y se intenta establecer comunicación para coordinar el encuentro. Si no se recibe una respuesta en tiempo y forma, la visita puede realizarse de todas maneras.

IRS puede visitar el domicilio de un contribuyente como parte del proceso de cobro.Fuente: ShutterstockShutterstock

Qué ocurre durante estas visitas del IRS a domicilio

Durante el encuentro, los agentes notificarán al contribuyente sobre sus derechos, obligaciones y también sobre las consecuencias de no saldar la deuda fiscal.

Además, el oficial brinda la opción de cobrar el impuesto adeudado en el momento para poder resolver el pendiente y que no se apliquen medidas extremas.

En ese marco, la agencia enfatiza en la importancia de mantenerse siempre en contacto y mostrarse predispuesto a trabajar en un plan conjunto para saldar el monto pendiente de la manera más conveniente posible.