

El Ministerio de Producción estableció el mecanismos para determinar el orden de asignación del cupo de importación de vehículos automotores híbridos eléctricos y a celdas de combustible (hidrógeno).
Mediante la Resolución 536-E/2017 publicada hoy en el Boletín Oficial se determinó que la distribución del cupo se realizará en forma trimestral y el remanente del cupo no utilizado en el trimestre se acumulará para su asignación en el trimestre subsiguiente.
El orden de asignación del cupo se realizará tomando en consideración los siguientes aspectos:
a) La incidencia de la operación de importación respecto de la producción local;
b) La utilización efectiva de los cupos asignados en trimestres anteriores;
c) La incidencia de cada terminal en la producción automotriz local total correspondiente a los DOCE (12) meses consecutivos anteriores a la distribución;
d) El formato de importación, priorizando los modelos en CKD, SKD y CBU, en dicho orden.
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