

El inicio de septiembre marcó el regreso de los depósitos correspondientes a una de las asistencias económicas más solicitadas de la República Mexicana: la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores.
El Banco del Bienestar publicó en este contexto el calendario de pagos del penúltimo bimestre del año y los beneficiarios que quieran saber a quiénes les corresponde cobrar durante la primera semana, deberán tomar nota de los siguientes detalles.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar la Pensión Bienestar?
La Secretaría del Bienestar, a cargo de Ariadna Montiel Reyes, otorga un gran números de apoyos económicos a todos los habitantes del país que presenten alguna necesidad o se encuentren en situación de vulnerabilidad.

Uno de los grupos poblacionales amparados por esta entidad gubernamental es el de los adultos mayores, que tienen la posibilidad de cobrar un apoyo económico bimestral siempre y cuando cumplan los requisitos pertinentes.
Para todos ellos, se enlistan una serie de condiciones que deben reunir si buscan integrar la lista de beneficiarios a partir de los próximos meses:
- Tener 65 años o más.
- Presentar acta de nacimiento.
- Identificación oficial vigente: Credencial para votar, pasaporte vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
- Télefono de contacto celular y de casa.
¿Qué otros sectores pueden cobrar la Pensión Bienestar?
Además de los adultos mayores, la Secretaría del Bienestar ampara a otros sectores de la población mexicana; entre los que se encuentran las personas con discapacidad.
A diferencia de los adultos mayores que cobran un total de 6,200 pesos bimestrales, los que integran este grupo poblacional reciben cada dos meses 3,200 pesos. En este caso, se les solicita reunir las siguientes condiciones:
- Acta de nacimiento en original y copia.
- Identificación oficial vigente en original y copia (credencial para votar, pasaporte, credencial de Inapam o algún otro documento que la acredite).
- Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia.
- Comprobante de domicilio en original y copia (máximo 6 meses de antigüedad).
- Certificado y/o constancia médica que acredite la discapacidad permanente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
- En caso de que el o la solicitante del programa no pueda acudir personalmente al registro, tiene derecho a nombrar a una persona auxiliar para que acuda en su representación quien, a su vez, deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
- Tener entre 0 y 64 años (aplica para la gran mayoría de las entidades federativas del país).
- Tener hasta 29 años, en caso de residir en Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro
¿Quiénes cobran la primera semana de septiembre?
El Banco del Bienestar difundió el calendario de pagos de la Pensión Bienestar correspondiente al bimestre septiembre-octubre, por lo que los jubilados que se encuentren inscritos en el programa tendrán la posibilidad de cobrar su dinero durante el transcurso del mes.
Cabe recordar que la dispersión de recursos de esta pensión se organiza por orden alfabético. Esto quiere decir que cada beneficiario tiene asignada una fecha del mes en función de la primera letra de su apellido.
Por esta razón, los jubilados que cobrarán durante la primera semana de septiembre son aquellos cuyos apellidos comiencen con las siguientes letras:
- Lunes 1 de septiembre: letra A.
- Martes 2 de septiembre: letra B.
- Miércoles 3 de septiembre: letra C.
- Jueves 4 de septiembre: letra C.
- Viernes 5 de septiembre: letras D, E y F.















