

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las personas morales sobre la importancia de cumplir con sus obligaciones fiscales, especialmente en lo que respecta a las operaciones con proveedorescancelados en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
Este aviso es importante a la hora de presentar la declaración anual de impuestos, por lo que las empresas deben tomar medidas para evitar sanciones como multas.

El SAT advierte a personas morales sobre declaraciones anuales incorrectas: podrían enfrentar severas sanciones
Cada año, el organismo público realiza un proceso de auditoría y verificación de las declaraciones anuales de impuestos presentadas por los contribuyentes.
Durante este periodo, que busca garantizar que las empresas cumplan con sus obligaciones tributarias, incluyendo la correcta deducción de gastos.
En este sentido, el SAT identificó que algunas personas morales recibieron Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de proveedores que se encuentran cancelados en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
Este registro tiene como objetivo supervisar a las empresas que ofrecen servicios especializados o realizan obras especializadas, garantizando que operen conforme a los principios de transparencia.
Por ello, emitió una advertencia con dos propósitos: primero, informar a las empresas sobre posibles irregularidades en sus declaraciones; y segundo, alertarlas sobre las consecuencias de no corregir estas situaciones.

Riesgos y consecuencias de no atender el aviso del SAT
La advertencia del SAT establece que las empresas que no tomen las medidas adecuadas podrían enfrentar serias consecuencias.
Según el Código Fiscal de la Federación (CFF), la omisión en el cumplimiento de las obligaciones fiscales puede acarrear una serie de sanciones:
- Multas. En caso de que no se realice el pago oportuno de los impuestos correspondientes, aplicará actualizaciones y/o recargos sobre el monto adeudado.
- Suspensión del Certificado de Sello Digital. La omisión en el cumplimiento de las obligaciones fiscales puede llevar a la suspensión temporal del Certificado de Sello Digital, lo que impedirá a la empresa emitir nuevos Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)
- Posible delito de defraudación fiscal. Si se detecta una omisión total o parcial en el pago de las contribuciones, las autoridades fiscales podrían considerar que la empresa está cometiendo un delito de defraudación fiscal. Esto podría acarrear consecuencias legales aún más graves.
¿Qué deben hacer las personas morales para evitar sanciones?
El organismo público no específico en su aviso los proveedores cancelados específicamente, por lo que las personas morales deben realizar una consulta directa en el portal de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS).
En esta página, pueden verificar el estado de sus proveedores utilizando la razón social de las empresas con las que realizaron operaciones.
Si se confirma que alguna operación fue realizada con un proveedor cancelado en el REPSE, las empresas deberán corregir su situación fiscal.
Esto podría implicar la presentación de declaraciones adicionales o corregidas a través del portal del SAT en la sección de "Declaraciones y Pagos". De esta forma, las personas morales podrán regularizar su situación antes de que se apliquen sanciones.
Si alguna persona moral tiene dudas o inquietudes sobre el aviso emitido por el SAT, es recomendable que consulte con un profesional en materia fiscal.
Además, el organismo pone a disposición de los contribuyentes diversos canales de comunicación y consulta, donde pueden obtener asistencia personalizada y resolver cualquier duda relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.















