

Los bancos están obligados a reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando los contribuyentes reciban más de 15 mil pesos mensuales en depósitos de efectivo. Esta medida no constituye un nuevo impuesto, sino una obligación de reporte que ya existía y que puede derivar en revisiones por discrepancia fiscal.
La regla aplica exclusivamente a billetes y monedas depositados en cuentas bancarias. El reporte se realiza de manera mensual y considera la suma total de todas las cuentas que el contribuyente mantenga en el mismo banco; por ejemplo, si en una cuenta deposita 8 mil pesos y en otra 8 mil pesos, la suma alcanza 16 mil pesos y activa la notificación automática.
Cuáles son las acciones que toma el SAT por depósitos que superen los 15 mil pesos en efectivo
Una vez que el SAT recibe el reporte bancario, cruza la información con las declaraciones fiscales del contribuyente. Si los ingresos declarados no coinciden con los montos depositados habrá consecuencias. Además, si no declara ingresos pero recibe efectivo constantemente, puede ser invitado a una revisión por discrepancia fiscal.
No existe impuesto por depositar efectivo
Es importante aclarar que no habrá un nuevo impuesto en 2026 relacionado con depósitos en efectivo. El Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) fue eliminado. Lo que permanece vigente es únicamente la obligación de las instituciones bancarias de informar al SAT sobre el manejo de grandes cantidades de dinero en efectivo por parte de los cuentahabientes.
Qué es la discrepancia fiscal
El verdadero riesgo para los contribuyentes radica en la discrepancia fiscal, que ocurre cuando los gastos registrados en tarjetas de crédito, compras y depósitos recibidos superan los ingresos declarados ante la autoridad fiscal.
¿Hay sanciones por las transferencias electrónicas?
Las transferencias electrónicas tipo SPEI no son consideradas depósitos en efectivo. Si un contribuyente recibe 20 mil o 50 mil pesos por transferencia bancaria, el banco no enviará la alerta automática mensual de depósito en efectivo que sí se genera con billetes y monedas físicos.

No obstante, todos los movimientos electrónicos son rastreables al cien por ciento. Si el SAT decide auditar a un contribuyente por cualquier otra razón, tendrá acceso completo a todas las transferencias realizadas a través del sistema bancario.
En caso de discrepancia fiscal, el SAT asumirá que existen ingresos ocultos y cobrará el ISR correspondiente sobre esa diferencia, el cual puede alcanzar hasta el 35 por ciento. Por ejemplo, si un contribuyente declara ganar 10 mil pesos mensuales pero su tarjeta de crédito se paga con 30 mil pesos cada mes, enfrentará consecuencias fiscales.















