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Desde el 29 de junio entró en vigor una nueva regla final que actualiza el listado de documentos aceptados como prueba de registro migratorio en Estados Unidos.

La medida también mantiene la obligación de que los extranjeros mayores de edad porten esa constancia durante las verificaciones realizadas por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

El listado publicado en el Federal Register reúne los documentos que permiten acreditar el estatus migratorio de una persona durante una revisión.

Estos son los documentos aceptados como prueba de registro

Entre las constancias reconocidas se encuentran los formularios:

  • I-94, I-94A o I-94W, para extranjeros admitidos como no inmigrantes y personas con parole.
  • I-95, para tripulantes que llegan por barco o avión.
  • I-184, para tripulantes que llegan por barco.
  • DSP-150, tarjeta de visa B-1/B-2 y cruce fronterizo, para ciudadanos de México residentes en México.
  • I-221, para extranjeros contra quienes se inician procedimientos de deportación.
  • I-221S, para extranjeros contra quienes se inician procedimientos de deportación con orden de arresto.
  • I-551, tarjeta de residente permanente.
  • I-766, documento de autorización de empleo.
  • I-860, para extranjeros declarados inadmisibles y con orden de remoción expedita.
  • I-862, aviso de comparecencia, para extranjeros contra quienes se inician procedimientos de remoción.
  • I-863, aviso de remisión a un juez de inmigración.
  • I-871, para extranjeros que reingresaron ilegalmente y tienen reinstalada una orden previa de remoción.
  • USCIS Proof of Alien G-325R Registration, generado para quienes completan el formulario G-325R
  • documentos aprobados por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), o su equivalente electrónico, para los programas NEXUS, SENTRI, FAST y Global Entry.

Cómo se obtiene la prueba del formulario G-325R

Para obtener la constancia del formulario G-325R, la persona debe crear una cuenta en myUSCIS, o una para su hijo, y completar la solicitud.

La normativa obliga a los extranjeros mayores de 18 años a que lleven consigo una prueba de registro en todo momento.Shutterstock | ChatGPT

Posteriormente se programa una cita biométrica en un Centro de Asistencia en Solicitudes de USCIS (ASC), donde se toman huellas digitales, fotografía y firma. Una vez concluido ese proceso, el sistema genera el certificado con un identificador único. Cuando no se requieren huellas, la constancia se emite tras recibir el formulario.

La obligación también aplica a mayores de 18 años registrados

La normativa mantiene la obligación de que los extranjeros registrados de 18 años o más lleven consigo una prueba de registro en todo momento. El incumplimiento puede considerarse un delito menor y la sanción prevista contempla una multa de hasta 5 mil dólares, prisión de hasta 30 días o ambas medidas.

En el caso de los menores, los padres o tutores legales deben garantizar el registro de quienes cumplen 14 años. Una vez alcanzada esa edad, el documento y la toma de huellas deben solicitarse dentro de los 30 días siguientes. La disposición también establece que los residentes permanentes legales que cumplen 14 años mientras están fuera de Estados Unidos deberán reemplazar su tarjeta de residencia permanente dentro de los 30 días posteriores a su regreso.