

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, resolvió que los jueces deben analizar con perspectiva de género los juicios por pagarés entre personas que estuvieron casadas cuando existan indicios de violencia, presión psicológica o control.
La SCJN aclaró que esta obligación no elimina la validez del pagaré ni de las normas aplicables, pero sí exige revisar el contexto completo antes de ordenar el pago del documento.

¿Firmaste un pagaré durante tu matrimonio? La Corte dice que los jueces deberán revisar si hubo violencia o presión
El caso surgió después de que una mujer fuera demandada por su entonces esposo para cobrar un pagaré por cinco millones de pesos, firmado el mismo día en que ambos contrajeron matrimonio.
La mujer afirmó que firmó varios documentos en blanco por indicación de una socia y abogada de su prometido, bajo presión psicológica y como condición para celebrar la boda.
La SCJN concluyó que las autoridades omitieron estudiar esas circunstancias y ordenó emitir una nueva sentencia en la que se analice si la firma ocurrió dentro de un contexto de violencia o subordinación.

Qué resolvió la SCJN sobre los pagarés firmados entre cónyuges
La Suprema Corte confirmó que los artículos 177 y 1167, fracción II, del Código Civil Federal son constitucionales, pero estableció que su aplicación debe considerar la perspectiva de género cuando existan indicios de violencia.
- Los jueces deberán analizar el contexto completo de la relación entre las partes.
- Tendrán que valorar si existieron violencia, presión psicológica o control antes de la firma del pagaré.
- Podrán cuestionar hechos aparentemente neutrales para detectar posibles relaciones de subordinación.
- Si es necesario, podrán ordenar pruebas de oficio para esclarecer cómo se obtuvo la firma del documento.
- La resolución protege el derecho de acceso a la justicia de las mujeres sin declarar inválidos automáticamente los pagarés.

Con esta decisión, la SCJN concedió el amparo a la mujer para que el caso sea resuelto nuevamente bajo una metodología con perspectiva de género, garantizando que la exigencia de pago no se determine sin antes analizar si existieron condiciones de violencia o coerción durante la relación.














