En esta noticia

En las últimas horas el Instituto de Verificación Administrativa, INVEA, de la Ciudad de México emitió un alerta sobre las consecuencias administrativas que podrían enfrentar las personas que rompan y/o quiten los sellos de suspensión de actividades o clausuras que fueron puestos en negocios, obras, anuncios y hasta en vehículos de transporte público. Entre las sanciones, se encuentra la posibilidad de que se apliquen 1,000 días de multa.

Catalogado como “delito” y penado en el Código Penal para el Distrito Federal, el INVEA de la CDMX remarcó que las personas que incumplan con la ley y rompan los sellos de suspensión de actividades o clausuras, se podrán enfrentar a penas de hasta 12 años de prisión. “Los únicos autorizados para retirar los sellos es el personal especializado en funciones de verificación”, enfatizó la INVEA.

omo resultado de estas acciones, se hizo la colocación de 43 sellos de suspensión de actividades en 50 vallas y 2 pantallas.INVEA

Cómo identificar a un funcionario de INVEA para no caer en estafas

Para evitar que personas inescrupulosas se aprovechen de la situación de quienes enfrentan suspensiones o clausuras, el Gobierno de la CDMX e INVEA, dieron detalles puntales de cómo identificar a las personas que trabajan de forma real con el organismo de control para evitar caer en estafas.

  • Gorra y chaleco con logos del INVEA
  • Playera blanca con logos del INVEA
  • Credencial con código QR para identificar en línea la identidad del personal

“El retiro de los sellos lo realizan únicamente los Verificadores después de que el establecimiento penalizado presente la documentación necesaria y pague la multa impuesta en caso de ser acreedor a la misma; esta sanción económica deberá pagarse únicamente ante la Secretaría de Finanzas, y ninguna otra persona o Personal Especializado puede solicitar dinero por el retiro de los sellos”, remarcó el INVEA.

El Gobierno de CDMX confirma los días de multa por quebrantamiento de sellos

El Código Penal para el Distrito Federal actualizado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de julio de 2020 indica en el artículo 286, que las personas que quebrante los sellos impuestos por una autoridad competente, tendrá una multa en días según aplique el caso.

  1. Construcción, obra, anuncio o establecimiento mercantil en clausura: 2 a 7 años de prisión y 100 a 500 días multa.
  2. Casa habitación en construcción: 6 meses a 2 años de prisión y 50 a 150 días multa.
  3. Giro mercantil de impacto zonal que requiera licencia de funcionamiento: 2 a 8 años 6 meses de prisión y 500 a 1,000 días multa.
  4. Establecimiento dedicado al almacenaje de productos: 2 a 8 años 6 meses de prisión y 500 a 1,000 días multa.
  5. Obra de construcción que requiera dictamen de impacto urbano y no cuente con él: 2 a 8 años 6 meses de prisión y 500 a 1,000 días multa.
Obras clausuradas por el INVEA

El INVEA también advirtió que sobornar y/o ofrecer dinero a cambio a los funcionarios públicos para el retiro de los sellos también es considerado un delito grave. “¡No te dejes engañar! Recuerda que puedes reportar este tipo de delitos o irregularidades al teléfono 5547377700”, agrega el Gobierno de la CDMX.