

Nuevo fallo: la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo que marca un antes y un después en el sistema penal mexicano al reconocer que las víctimas extranjeras tienen derecho a recibir asistencia consular durante los procesos judiciales.
En este caso, la decisión de la Suprema Corte quedó expedida en los Amparos Directos en Revisión 6627 y 5632, ambos de 2025. Resueltos en sesión de Pleno el 25 de marzo de 2026, cuya resolución derivó de un caso de secuestro ocurrido en 2010 en Matamoros, Tamaulipas, donde migrantes fueron privados de la libertad tras ser engañados con la promesa de cruzar a Estados Unidos.

El máximo tribunal determinó que la falta de este acompañamiento puede afectar el acceso a la justicia de las víctimas e incluso influir en la validez de las pruebas dentro de un juicio. En palabras del Pleno, “las víctimas extranjeras en un proceso penal son titulares del derecho a la notificación, contacto y asistencia consular”, estableciendo así un nuevo estándar en la interpretación de derechos.
Un fallo que redefine el debido proceso en México
La SCJN señaló que la ausencia de asistencia consular no invalida automáticamente las declaraciones de las víctimas, pero sí obliga a los jueces a analizar cada caso de forma detallada. “La falta de asistencia consular afecta directamente a la víctima, ya que puede enfrentar barreras que dificultan su acceso a la justicia”, advirtió la Corte en su resolución.

Cabe aclarar también que la Suprema Corte indicó que esta omisión también puede impactar el debido proceso de las personas imputadas si compromete la confiabilidad de los testimonios. Esto abre la puerta a que sentencias previas sean revisadas cuando existan dudas sobre cómo se obtuvieron las declaraciones.
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Como parte del fallo, la Suprema Corte estableció una serie de factores que deberán ser considerados por las autoridades, como las condiciones en que se rindieron las declaraciones, la existencia de barreras lingüísticas o la falta de asesoría jurídica. “Las autoridades deben analizar si esta omisión tuvo un impacto real en la obtención de la prueba”, indicó el Pleno.
En esa línea, SCJN revocó las sentencias impugnadas y ordenó emitir una nueva resolución con un análisis individualizado del caso. Este precedente podría tener efectos amplios en el sistema judicial mexicano, especialmente en procesos que involucren a personas migrantes o extranjeras.















