La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico que fortalece la protección de niñas, niños y adolescentes en México.
El Tribunal determinó que los padres que incumplan de manera injustificada con sus obligaciones alimentarias podrán enfrentar sanciones penales más severas, marcando un precedente que busca garantizar justicia y seguridad para sus hijos.
La resolución se dio al analizar el Amparo Directo en Revisión 3097/2025, caso donde una persona fue condenada por no pagar la pensión de sus hijas. Frente a dicho contexto, la SCJN confirmó que el Código Penal de Tamaulipas es constitucional y puede sancionar este tipo de abandono.
Qué implica el fallo de la SCJN sobre el Amparo Directo en Revisión 3097/2025
La SCJN concluyó que cualquier persona obligada legalmente a dar alimentos no puede dejar de hacerlo sin una justificación válida. La falta deliberada de esta obligación se considera un abandono que afecta directamente el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.
El Pleno Tribunal confirmó la sentencia condenatoria y avaló la constitucionalidad del Código Penal de Tamaulipas, al señalar que la norma define con precisión los elementos del delito y ofrece certeza jurídica tanto a los menores como a quienes tienen la obligación alimentaria.
La Suprema Corte determinó que no se puede suspender el pago de alimentos a los menores de edad
La SCJN analizó la expresión “sin motivo justificado” y concluyó que no es ambigua ni contraviene el principio de legalidad, por lo que permanece válida dentro del delito de abandono de obligaciones alimentarias.
El Tribunal explicó que la justificación debe evaluarse caso por caso, considerando la capacidad económica del deudor, situaciones de fuerza mayor u otras circunstancias reales que impidan cumplir con la pensión.
La Corte destacó que este enfoque flexible permite a los jueces valorar cada situación sin aplicar criterios rígidos que afecten injustamente a alguna de las partes. También aclaró que la ley no necesita enumerar todas las posibles causas de justificación para que el tipo penal sea constitucional.
La SCJN endurece las consecuencias por incumplir obligaciones alimentarias
El Tribunal resaltó que el derecho a recibir alimentos forma parte de la protección reforzada que el Estado debe garantizar a niñas, niños y adolescentes.
Por ello, cuando un padre o madre incumple sin justificación, puede enfrentar sanciones penales y también consecuencias civiles como embargos o retención de ingresos. La Corte señaló que este criterio tendrá impacto en otras legislaciones del país, al reforzar que el interés superior de la niñez permite aplicar medidas más estrictas contra deudores alimentarios renuentes.