

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una resolución que marca un antes y un después en los derechos laborales y de seguridad social en México.
El máximo tribunal validó una reforma que reduce drásticamente el pago de aguinaldo, pasando de 60 a 30 días de cotización para ciertos sectores.
Este fallo surge tras analizar la constitucionalidad de las reformas al Instituto de Seguridad Social de Zacatecas (ISSSTEZAC). Los ministros consideraron que el ajuste es una “medida razonable” para evitar el colapso financiero del organismo, priorizando la viabilidad del pago de pensiones a largo plazo.
¿A quiénes afecta esta reducción de días?
Es fundamental aclarar que esta medida no tiene efectos retroactivos. La resolución especifica que el recorte solo aplicará para aquellos trabajadores que se pensionen después del 11 de agosto de 2024. Quienes ya estaban jubilados antes de esa fecha mantienen su derecho a cobrar los 60 días originales.

La Corte argumentó que el aguinaldo no es un “derecho adquirido” ligado directamente a los años de cotización, sino un apoyo económico adicional. Bajo esta lógica, se determinó que ajustar el monto no vulnera el derecho humano a la seguridad social, siempre que se aplique a las nuevas generaciones de pensionados.
Este veredicto establece un precedente jurídico que podría ser utilizado por otros estados de la República que enfrentan crisis similares en sus fondos de pensiones. Abre la puerta a que se revisen prestaciones que antes se consideraban intocables en los contratos colectivos de trabajo del sector público.
Para los trabajadores en activo que planean su retiro, este fallo representa una disminución significativa en sus expectativas de ingresos anuales. A partir de ahora, la planificación financiera deberá ajustarse a este nuevo escenario legal donde los beneficios adicionales pueden ser recortados por razones de sostenibilidad.















