

Con la llegada del noveno mes del año, miles de trabajadores y estudiantes en el país comienzan a consultar el calendario laboral oficial para verificar el primer descanso tras el periodo vacacional. El calendario laboral de septiembre contempla al miércoles 16 de septiembre como un momento en que las actividades formales se pausarán de manera oficial en toda la República Mexicana.
Ante la proliferación de dudas sobre el alcance de esta medida legislativa y la posibilidad de un fin de semana largo, las normativas vigentes en la Ley Federal del Trabajo establecen parámetros claros respecto a quiénes descansan, qué servicios suspenden operaciones y cómo debe remunerarse legalmente esta jornada festiva.

¿Es de descanso obligatorio el 16 de septiembre para todos los trabajadores?
De acuerdo con lo establecido de forma expresa en el Artículo 74 (Fracción V) de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 16 de septiembre es catalogado como día de descanso obligatorio a nivel nacional en conmemoración del Aniversario de la Independencia de México.
Esta disposición aplica para todos los empleados de la iniciativa privada y del sector público alcanzados por la legislación laboral mexicana.
Ahora bien, para quienes se preguntan si se creará un fin de semana largo o puente automático, es necesario aclarar que la normativa es tajante:
- El feriado oficial corresponde de manera exclusiva al miércoles 16 de septiembre.
- La ley no contempla el arrastre de los días previos (como el martes 15 de septiembre) ni posteriores para conformar un puente automático.
- Cualquier descanso adicional dependerá de los acuerdos internos o políticas particulares de cada centro de trabajo o institución.
¿Por qué es feriado este miércoles 16 de septiembre?
El miércoles 16 de septiembre es feriado en México porque se conmemora el Aniversario del Inicio de la Independencia de México, fecha en la que en 1810 Miguel Hidalgo y Costilla dio el histórico “Grito de Dolores” para iniciar la lucha por la liberación del dominio español.
Esta fecha tiene carácter de descanso obligatorio a nivel nacional según la Ley Federal del Trabajo (artículo 74). Por ello, se suspenden las actividades escolares, bancarias y laborales en todo el país.
En caso de que debas prestar servicios durante este día festivo, la ley establece que tienes derecho a recibir tu salario normal más el pago doble por la jornada trabajada, sumando un salario triple.

¿Cómo funcionarán los bancos, escuelas y los servicios públicos este miércoles 16 de septiembre?
Al tener carácter de feriado nacional obligatorio, el funcionamiento de diversas instituciones clave en el país se ve modificado sustancialmente:
- Instituciones bancarias: conforme al calendario oficial de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y las directrices de la Asociación de Bancos de México (ABM), los bancos no abrirán sus sucursales con atención al público. Se mantendrá operativa la red de cajeros automáticos, la banca en línea y las aplicaciones móviles.
- Centros educativos: el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) dictamina la suspensión total de labores docentes y administrativas en las escuelas públicas y privadas de educación básica incorporadas al Sistema Educativo Nacional.
- Transporte y servicios esenciales: los sistemas de transporte público operan bajo el esquema de domingos y días festivos (con horarios reducidos o apertura tardía). Por su parte, los servicios de urgencia hospitalaria y seguridad pública operan mediante guardias permanentes.
¿Cuánto deben pagarte si te toca trabajar el 16 de septiembre?
Para aquellos colaboradores que por la naturaleza de su empleo deban prestar servicios durante esta jornada, el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala que la remuneración debe ser extraordinaria.
El trabajador tiene derecho a percibir su salario diario habitual por el descanso obligatorio, más un salario doble adicional por el trabajo realizado. En términos prácticos, el empleado cobrará un pago triple por esa jornada laboral.













