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Con el Miércoles de Ceniza marcando el inicio de la Cuaresma el pasado 18 de febrero, millones de familias mexicanas tienen la vista puesta en el próximo receso escolar. La Secretaría de Educación Pública (SEP) ya tiene todo definido en su calendario oficial para el ciclo 2025-2026, y las fechas confirman un descanso amplio que abarca dos semanas completas para los alumnos de educación básica.

Para muchos estudiantes, Semana Santa no es solo un receso religioso: es el primer respiro largo del año después de meses de clases ininterrumpidas.

El calendario escolar de la SEP confirma que el receso de Semana Santa para preescolar, primaria y secundaria abarcará dos semanas consecutivas. Fuente: archivo

Las fechas exactas que todos los papás necesitan anotar ya mismo

El periodo vacacional arranca el domingo 29 de marzo, cuando se celebra el Domingo de Ramos, y se extiende hasta el domingo 5 de abril, correspondiente al Domingo de Resurrección o Pascua. En ese tramo quedan incluidos el Jueves Santo, el Viernes Santo y el Sábado de Gloria, lo que consolida una pausa escolar de varios días consecutivos.

Los alumnos de preescolar, primaria y secundaria son quienes más se benefician, ya que la SEP confirmó el cierre total de planteles durante las dos semanas completas. No habrá clases, no habrá actividades extracurriculares y no se requerirá la presencia de ningún estudiante en las instalaciones educativas durante ese lapso.

A pesar de la tradición de suspender actividades, la Ley Federal del Trabajo no contempla días feriados obligatorios durante Semana Santa para los trabajadores. Fuente: Shutterstock

¿Y los trabajadores? Lo que dice la ley sobre estos días

Aquí viene el dato que muchos desconocen: ningún día de Semana Santa aparece como descanso obligatorio en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Legalmente, las empresas pueden operar con total normalidad durante ese período sin estar obligadas a dar días libres a su personal. Aun así, en la práctica es común que bancos, oficinas gubernamentales y muchas empresas privadas suspendan actividades —sobre todo el Jueves y Viernes Santo— por acuerdos internos o por costumbre.

Quienes quieran tomarse esos días deberán gestionarlo con sus días de vacaciones o según las políticas propias de su empleador.