

La administración de Claudia Sheinbaum ha tomado una decisión contundente en el contexto del desarrollo de uno de sus proyectos más significativos: el Tren Maya.
Con el propósito de continuar impulsando el crecimiento del sureste mexicano y garantizar la operatividad de diversos tramos de este servicio de transporte, el Gobierno nacional ha decretado la expropiación de 26 inmuebles privados en Chiapas, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.
La medida fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y ha reavivado el debate en torno a uno de los proyectos más delicados del sureste mexicano. Sin grandes anuncios, pero con efectos tangibles, el Gobierno federal ha avanzado sobre una serie de inmuebles cuya ubicación es fundamental para una obra estratégica.


Expropiaciones aprobadas por Claudia Sheinbaum para el Tren Maya
En total, la superficie expropiada alcanza 44,447.31 metros cuadrados, que pasan a favor de la Federación a través de Tren Maya, S.A. de C.V. El decreto considera que la infraestructura ferroviaria destinada al transporte de pasajeros y carga constituye una causa de utilidad pública, conforme a la Ley de Expropiación, lo que habilita la ocupación inmediata de los predios.
El alcance territorial de la medida atraviesa varios estados y municipios donde el desarrollo de infraestructura ya modificó el paisaje y la dinámica local.
La confirmación oficial despejó dudas, pero también abrió interrogantes sobre el impacto inmediato y las condiciones en las que se llevará adelante el proceso.
Aunque el decreto ya está vigente, el trasfondo completo de la decisión y sus implicancias legales y territoriales no se explicitan en un primer vistazo.
Impacto en los estados, ocupación inmediata e indemnización
Los inmuebles que han sido afectados por esta decisión del Gobierno nacional están ubicados en municipios de gran relevancia, tales como Palenque, Candelaria, Calakmul, Mérida, Izamal, Solidaridad, Othón P. Blanco y Bacalar.
Cabe señalar que la resolución abarca tanto la tierra como las construcciones e instalaciones existentes, que son necesarias para los tramos 1, 3, 5, 6 y 7 del proyecto.
El decreto confiere facultades directas a la SEDATU para llevar a cabo la ocupación inmediata y establece que ningún recurso legal podrá suspender la expropiación. Los propietarios mantienen el derecho a recibir una indemnización, cuyo monto será determinado por el INDAABIN y será financiado con el presupuesto de Tren Maya, S.A. de C.V.
Aspectos esenciales del proceso
- Plazo de 10 días hábiles para acudir a la vía judicial
- Indemnización obligatoria conforme a avalúos oficiales
- Cláusula de reversión si los terrenos no se usan en cinco años
- La impugnación solo aplica al monto, no a la expropiación














