El Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) estableció una nueva pauta para la inscripción de declaratorias de herederos, legados y testamentos vinculados a inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal.
Así lo estableció mediante la Instrucción de Trabajo 5/2026, emitida por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.
El organismo la incorporó a su normativa oficial y precisó que se aplica a los documentos judiciales o notariales mediante los cuales se solicita la toma de razón de declaratorias de herederos, legados y/o testamentos, ¿de qué se trata?
¿Qué cambia para las sucesiones de inmuebles en propiedad horizontal?
La norma establece que, cuando una unidad funcional ya tenga adjudicada una o más unidades complementarias, la falta de mención de estas últimas en la orden de inscripción no será motivo de observación, siempre que la unidad funcional esté correctamente identificada.
Es decir, si dentro de una sucesión se tramita la inscripción de un departamento que tiene asociada una cochera o una baulera y la orden judicial identifica correctamente al departamento, pero no menciona de manera expresa esa unidad complementaria, esto no impedirá que el trámite registral avance.
El objetivo de esta medida es simplificar una etapa registral del trámite sucesorio, con el fin de agilizar y facilitar el proceso legal.
¿Cuáles son las unidades complementarias?
En el ámbito legal e inmobiliario, se entiende a las unidades complementarias como aquellos espacios o superficies de un edificio que carecen de autonomía funcional y están destinadas a complementar o servir a una unidad principal.
El Código Civil y Comercial de la Nación (Art. 2039) establece que su carácter es estrictamente accesorio e inseparable de la unidad principal.
Las unidades complementarias están jurídicamente vinculadas a la unidad funcional principal y no pueden transmitirse o inscribirse de manera independiente de ella. Por eso, cuando una cochera o baulera está adjudicada a un departamento, sigue el destino jurídico de esa unidad funcional.
Algunos de los ejemplos más comunes son las cocheras, bauleras o depósitos.
¿Qué documentación se necesita para iniciar una sucesión?
Los papeles necesarios para avanzar con la división de bienes son:
- Partida o acta de defunción del causante (original)
- Partidas que acrediten el vínculo del heredero que inicia
- Partidas de los demás herederos, si se dispone de ellas
- Testamento si existiera o si se encuentra en poder del interesado
- Información sobre inmuebles, vehículos, cuentas bancarias u otros bienes