En la Argentina, existe un grupo de personas que puede cobrar una herencia aunque el testamento no las nombre. La Ley de Sucesiones indica que determinados familiares serán receptores de la herencia tras el fallecimiento de una persona y accederán a los bienes.
Según se enmarca dentro del Código Civil y Comercial de la Nación, en las sucesiones intestadas, es decir, aquellas en las que no hay testamento válido o directamente no existe testamento, la herencia se reparte según un orden legal obligatorio.
El eje central de este sistema son los herederos legítimos, quienes tienen prioridad absoluta para heredar y, en algunos casos, una porción de la herencia que no puede ser quitada ni siquiera mediante disposiciones previas.
Quiénes heredan cuando no hay testamento
Cuando una persona muere y no deja elaborado un testamento, la Ley de Sucesiones determina automáticamente a quiénes les corresponde recibir el patrimonio.
De tal modo, dentro de una sucesión intestada, los herederos legítimos son quienes tienen pleno derecho a acceder a los bienes. Este grupo se compone de la siguiente manera:
- Los descendientes del causante, como hijos y nietos.
- Los ascendientes, como padres y abuelos.
- El cónyuge sobreviviente.
- Los parientes colaterales hasta el cuarto grado inclusive.
Los descendientes, ascendientes y el cónyuge tienen prioridad absoluta y solo en ausencia de ellos pueden heredar los parientes colaterales, como hermanos o sobrinos.
Qué es la porción legítima y cuánto corresponde por ley
Dentro de las sucesiones intestadas, la ley también establece la porción legítima, que es la parte de la herencia reservada obligatoriamente a ciertos herederos. Esta porción no puede ser eliminada por actos de disposición gratuita ni por testamento.
La porción legítima varía según el vínculo familiar:
- Descendientes: les corresponde dos tercios de la herencia.
- Ascendientes: tienen derecho a la mitad del patrimonio.
- Cónyuge: también recibe la mitad de la herencia.
Esto implica que, aun cuando exista un testamento, la ley impide que estos herederos queden totalmente excluidos si se viola su porción protegida.
Ley de Sucesiones: cuándo un testamento es considerado nulo
Por más que el testamento sea un elemento válido y legal para realizar el reparto de una herencia, existen situaciones en las que puede ser declarado nulo.
La Ley de Sucesiones indica que un testamento perderá validez por las siguientes razones:
- Por violar una prohibición legal.
- Por tener defectos de forma.
- Por haber sido otorgado por una persona privada de la razón al momento de testar, circunstancia que debe ser demostrada por quien impugna el acto.
- Por haber sido otorgado por una persona judicialmente declarada incapaz.
- Por haber sido otorgado por una persona con limitaciones para comunicarse en forma oral que además no sabe leer ni escribir, salvo que se realice por escritura pública con la participación de un intérprete.
- Por haber sido otorgado con error, dolo o violencia.