Tras la derogación de la Ley de Alquileres, coexisten diferentes tipos de contrato en el mercado inmobiliario. Sin embargo, todavía permanecen ciertos artículos por los que podrían desalojar a un inquilino, aunque esté al día con los pagos.
A partir de la sanción del DNU, se estableció como normativa vigente el Código Civil y Comercial, que brinda una mayor libertad en la elección de plazos de duración del contrato, fórmula de actualización y monedas de pago, entre otras variables.
No obstante, entre los artículos 1187 y 1226, se determinaron ciertas condiciones que deben cumplirse por parte de los locatarios o el propietario podría optar por romper el contrato.
¿Por qué podrían echar a un inquilino aun si está al día con los pagos?
Si bien la falta de pago del alquiler suele ser la causa más común por la cual un propietario puede desalojar a un inquilino, lo cierto es que no es el único motivo por el que pueden iniciar un proceso legal.
De acuerdo al art. 1222 del Código Civil y Comercial, el locador puede comenzar una acción de desahucio si la persona incumple con alguna de las normativas establecidas en el contrato: por ejemplo, cuestiones de mantenimiento de la vivienda.
Esto mismo suele ocurrir en caso de poseer mascotas no permitidos o utilizar la propiedad para un fin que no fue el acordado. Es decir, era alquilado para vivienda y ahora funciona como negocio o local.
En este marco, el propietario puede iniciar un proceso judicial para solicitar el desalojo dado que no puede solicitar la salida del inquilino sin una orden judicial previa.
¿Cómo es el proceso legal para desalojar a un inquilino?
Un inquilino podría verse obligado a dejar una vivienda en el caso de estar en deuda con los pagos del alquiler, cambiarle la finalidad al mismo, incumplir con las normativas impuestas en el contrato o por la finalización del mismo, entre otros motivos.
Para esto debe iniciar el desahucio, es decir, el proceso judicial previo para que el locador recupere la posesión del inmueble alquilado.
Este tendrá que ser validado por la sentencia de un juez para iniciar luego el proceso de desalojo. De lo contrario, será considerado un delito echar a la persona de la locación.