En esta noticia

Al momento de repartir los bienes de una persona fallecida se debe realizar una sucesión, la cual puede ser testamentaria, siempre que exista un testamento válido, o intestada, que es aquella que realiza un juez.

Sin embargo, la Ley de Sucesiones de Argentina, enmarcada en el Código Civil y Comercial de la Nación, establece que, en determinados casos, un heredero puede perder el derecho a recibir los bienes. Cuando ocurre una situación de este tipo, se calificará la figura de “heredero indigno”.

El término de “heredero indigno” o de “indignidad para suceder” significa que una persona que estaba designada en la sucesión para recibir bienes del causante, ya sea mediante el testamento o por reparto hereditario, pierde todo tipo de derechos sobre los bienes.

Ley de Sucesiones: quiénes son declarados indignos y por qué pierden el derecho a heredar

El Código Civil y Comercial de la Nación establece, explícitamente, que la indignidad para suceder “es una causa por la cual una persona queda excluida de una sucesión y no puede recibir bienes del causante”.

La Ley de Sucesiones fija los parámetros para repartir una herencia.

Ahora bien, las razones por las que puede declararse esta condición dentro del marco sucesorio pueden ser variadas y se aplican sobre ciertos hechos.

Quiénes son indignos

  • Los autores o cómplices de algún delito doloso cometido contra el causante, sus hijos, padres, cónyuge, conviviente o hermanos.
  • Los que maltrataron al causante u ofendieron su memoria.
  • Los que acusaron o denunciaron al causante por un delito, salvo que la víctima del delito sea el acusador o su familia.
  • Los que no hicieron la denuncia de la muerte del causante ocurrida por causa de un delito doloso dentro de un mes de sucedida.
  • Los parientes o el cónyuge que no le dieron al causante los alimentos debidos, o no lo llevaron a un establecimiento adecuado si no podía valerse por sí mismo.
  • El padre extramatrimonial que no reconoció en forma voluntaria al causante cuando fue menor de edad.
  • El padre o la madre del causante que fue privado de la responsabilidad parental.
  • Los que influyeron en la voluntad del causante para que otorgue testamento, deje de hacerlo, o lo modifique.
  • Los que falsificaron, alteraron, sustrajeron, ocultaron o sustituyeron el testamento.

Cómo se determina la indignidad en una sucesión

La declaración de heredero indigno no es automática. La misma debe hacerse mediante una demanda, posterior a la apertura de una sucesión.

Asimismo, la denuncia tiene que ser iniciada por una persona que reclame los derechos (bienes o patrimonio) que le corresponderían al indigno.

Una vez que se inicia la demanda, un juez determinará si la figura es aplicable o no, según los motivos que sean alegados, pruebas y otras cuestiones que puedan ser solicitadas en la causa.