

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó el retiro inmediato de un reconocido aceite de oliva de todos los supermercados del país y plataformas de venta en línea.
La medida, oficializada mediante la Disposición 5095/2025 en el Boletín Oficial, reveló que se trata de un producto sin el etiquetado reglamentario, lo que implica un incumplimiento de la normativa vigente y lo vuelve ilegal.
Cuál es el aceite de oliva prohibido por la ANMAT
Tras una investigación, el organismo de control ordenó el retiro del siguiente producto:
"Aceite de oliva, Extra Virgen, sabor intenso, marca: Olivares del Rey, Cont. Neto 2 L, consumir preferentemente antes de enero 2027, Lote 0001, RNE N° 02-516459, RNPA N° 02-516137, fraccionado por Agropecuaria Paso Viejo de Fernando Nieves, Ruta Nac. N° 38 Km 170, Cruz del Eje, Córdoba"

¿Qué irregularidades se encontraron?
La ANMAT reveló que el aceite de oliva carece de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
"Que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284".

¿Qué medidas tomó ANMAT respecto al aceite de oliva ilegal?
La ANMAT resolvió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: "Aceite de oliva, Extra Virgen, sabor intenso, marca: Olivares del Rey", en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Además, ordenó prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que en su rótulo indique el RNE N° 02-516459 por ser un producto falsamente rotulado que utiliza un número de RNE inexistente.
Por último, se comunicó la medida a las autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y a quienes corresponda.














