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Las tarjetas de crédito son la herramienta financiera más usada en el mundo, ya que permiten a los compradores hacerse de dinero instantáneo para luego pagarlo.
Sin embargo, si el titular fallece y tiene deudas por compras realizadas, los familiares deberán realizar una serie de trámites para evitar cobrospunitorios o deudas.
¿Qué trámite hacer cuando fallece un titular de tarjeta de crédito?
Al igual que con la herencia, los familiares deberán responder por las deudas del titular fallecido. Deberán acudir al banco emisor de la tarjeta de crédito con el Acta de Defunción, Declaratoria de Herederos o Testamento dentro de los 180 días luego del fallecimiento.
El banco bloqueará los fondos de la cuenta para que no se debite dinero por comisiones y débitos. Sin embargo, los familiares deberán prestar atención a los cobros relacionados al pago de tarifas de luz, agua e impuestos.
Si la cuenta bancaria tiene otro titular, esta persona podrá utilizar el dinero. Por otro lado, quienes tenían tarjetas "adicionales" no podrán utilizarlas.
¿Qué pasa con las deudas de tarjeta de crédito de un fallecido en Argentina?
Las tarjetas de crédito cuentan con un seguro de vida que cubre el saldo deudor frente al fallecimiento del titular o accidente (La norma excluye el suicidio como causa de muerte).
Según explica la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, el seguro de vida sobre saldo deudor se aplicará a "todas las compras financieras en cuotas que realiza el titular y los adicionales". Además, sumaron que tiene como objetivo "cubrir la deuda pendiente ante el fallecimiento del titular".
El 1ro de septiembre de 2016, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó la comunicación A 5928, la cual establece las condiciones para el uso de este seguro.
El documento menciona que "los sujetosobligados (bancos o entidades financieras) no podrán percibir de los usuarios ningún tipo de comisión y/o cargo vinculado con estos seguros".
En la misma línea, explica que "deberán contratar un seguro sobre saldo deudor con cobertura de fallecimiento e invalideztotal permanente respecto de aquellas financiaciones otorgadas a personas humanas".
Hacia el final del comunicado, el BCRA detalla que "podrán auto asegurar los riesgos derivados del fallecimiento e invalidez total permanente de los usuarios".