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En línea con el proceso de desregulación que lleva adelante, la Comisión Nacional de Valores (CNV) emitió la RG 1139/2026, que actualiza integralmente el régimen de Prevención del Lavado de Activos aplicable al mercado de capitales.
Según explicaron, se trata de una reforma que apunta a un cambio de enfoque: menos burocracia documental y más trazabilidad, calidad de información y consistencia operativa.
Fin del efectivo en las operaciones
Uno de los elementos clave de la norma es que "se elimina la posibilidad de operar en efectivo para la recepción y entrega de fondos, salvo para clientes adheridos al Régimen de DDJJ Simplificada para el Impuesto a las Ganancias“, apuntó Danie Perrotta, director de Decisio, a El Cronista.
Detalló que "elimina el efectivo por el riesgo que este tiene en los procesos de colocación de fondos ilícitos, pero genera una excepción para un universo reducido de clientes“. “Es decir que se crea un grupo cuya operatoria generará un mayor riesgo operativo para los agentes de mercado”, advirtió.
Menos formularios y foco en el riesgo
Otro de los cambios enfocados a reducir burocracia es la reducción del régimen informativo.
“Según informó la CNV, se pasa de 19 requerimientos a 10 formularios, incorporando información clave vinculada con beneficiarios finales, segmentación de clientes según riesgo, monitoreo de la operatoria y condición de persona expuesta políticamente. Es decir, se reduce la cantidad de presentaciones, pero se concentra la información en aspectos más relevantes para evaluar riesgos concretos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo", detallaron en Estudio Mosin & Asociados.
Cheque electrónico y nuevas modalidades de pago
La resolución también introduce cambios importantes en las modalidades de recepción y entrega de fondos. Como regla general, se elimina el uso de efectivo, salvo para los casos vinculados al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias.
A la vez, se incorpora expresamente la posibilidad de utilizar cheque electrónico, lo cual representa una adecuación razonable a prácticas operativas ya extendidas en el mercado.
La CNV niega una flexibilización de controles
Dado que el tema de prevención de lavado es muy sensible, por lo que una relajación de normas en este ámbito puede ser preocupante a priori, aclararon que "la propia CNV destacó que la norma reduce cargas y trámites innecesarios, simplifica requerimientos de información y, al mismo tiempo, fortalece los mecanismos de monitoreo y control alineados con estándares internacionales“.
Y agregaron: “Bajo esa lógica, la resolución actualiza integralmente el régimen de Prevención del Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva aplicable al mercado de capitales”.
Así, aseguraron que "esta resolución no debe leerse como una flexibilización en materia de prevención de lavado, sino como un intento de ordenar el régimen y hacerlo más funcional“.
Transferencias vía CVU y excepciones vigentes
Asimismo, el experto en mercados Marcelo Bastante indicó que "se admite tanto la recepción como el pago mediante transferencias desde y hacia la CVU asociada a la CUIT del cliente perteneciente a un PSP, siempre que el instrumento permita la identificación y la trazabilidad de transferencias desde o hacia cuentas a la vista abiertas en entidades reguladas por el BCRA“.
Y aclaró que se mantiene el régimen especial para ALyC I AGRO (originado en la Resolución General N° 973/2023) y el régimen aplicable a inversores extranjeros sometidos a debida diligencia especial.