El Tribunal Supremo ha exigido al Gobierno de Pedro Sánchez que entregue antes del 28 de octubre la identidad de los 163.020 nacionalizados por la Ley de Nietos afectados por la suspensión cautelar del derecho a voto en las elecciones generales del 29 de noviembre.
La decisión judicial llega después de que los consulados españoles revisaran 31.390 expedientes y expidieran únicamente 91 certificados que acreditan la condición de descendientes de exiliados.
Según el último auto del alto tribunal, al que ha tenido acceso EFE, 31.299 de los expedientes examinados no cuentan con la certificación necesaria para ejercer el derecho a voto, de acuerdo con las medidas cautelares adoptadas. La revisión afecta a ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española mediante la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, conocida como Ley de Nietos.
El Supremo ha requerido al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y al titular de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, que remitan la relación nominal de los afectados antes de las 15.00 horas del miércoles 28 de octubre.
El incumplimiento podría dar lugar a multas coercitivas o al traslado de actuaciones para exigir eventuales responsabilidades penales. Mientras tanto, el Gobierno asegura que facilitará la información dentro del plazo y el Partido Popular exige que se cumpla la resolución judicial.
¿Por qué el Tribunal Supremo ha suspendido el derecho a voto de los nacionalizados por la Ley de Nietos?
La disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática permitió acceder a la nacionalidad española a determinados descendientes de personas exiliadas por motivos políticos, ideológicos, de creencia o de orientación e identidad sexual.
Posteriormente, una instrucción administrativa estableció una presunción de la condición de exiliado para quienes abandonaron España entre 1936 y 1955. Esta interpretación facilitó la tramitación de las solicitudes, ya que no exigía acreditar individualmente los motivos que provocaron la salida del país.
Tras los recursos presentados por Iustitia Europa y Vox, el Tribunal Supremo acordó suspender cautelarmente el derecho a voto de los nacionalizados afectados por esta interpretación, con una excepción: quienes obtengan un certificado consular que acredite su condición de hijos o nietos de exiliados por las causas previstas en la ley, sin recurrir a la presunción administrativa.
De acuerdo con los informes del Instituto Nacional de Estadística (INE) y de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares, incorporados a las actuaciones judiciales, hasta el momento se han revisado 31.390 expedientes.
De ese total, únicamente 91 personas han obtenido la certificación requerida. Las otras 31.299 no podrían participar en las elecciones del 29 de noviembre mientras permanezca vigente la suspensión cautelar y no acrediten el cumplimiento de las condiciones exigidas. La revisión de los expedientes restantes todavía no ha concluido.
¿Qué ha respondido el Gobierno al ultimátum del Supremo y qué exige el PP?
El ministro Félix Bolaños ha asegurado este viernes, 23 de octubre, desde A Coruña, que el Ejecutivo cumplirá con el requerimiento del Tribunal Supremo dentro del plazo establecido.
Según explicó, su departamento entregó el pasado 15 de octubre a la Oficina del Censo Electoral toda la información disponible en el Registro Civil digitalizado, incluidos los nombres y la documentación que se había solicitado.
Llevamos trabajando desde las primeras decisiones del Supremo, llevamos trabajando semanas haciendo todo lo humanamente posible para dar cumplimiento a los requerimientos que nos está haciendo el Tribunal Supremo
Bolaños también señaló que el Ministerio de Asuntos Exteriores había remitido instrucciones a los consulados para recopilar los datos pendientes. Reconoció que se trata de una tarea laboriosa que requiere una revisión manual, pero insistió en que el Ejecutivo facilitará la documentación necesaria.
Por su parte, la vicesecretaria de Coordinación Sectorial y directora del programa electoral del PP, Alma Ezcurra, reclamó al Gobierno que entregue inmediatamente la lista de los 163.020 afectados.
En un vídeo distribuido a los medios, Ezcurra sostuvo que el requerimiento judicial no constituye “un aviso”, sino “un ultimátum”, y advirtió de las posibles consecuencias legales si los ministerios incumplen el plazo.
La dirigente popular también alertó de que el envío de la documentación electoral a los españoles residentes en el extranjero comienza el 24 de octubre y que, sin la relación nominal, podría remitirse a ciudadanos que tienen suspendido cautelarmente el derecho a voto.
“¿Por qué no entrega la lista? ¿Por qué la ocultan?”, cuestionó Ezcurra, quien sostuvo que el Ejecutivo conoce la identidad de los afectados porque sus expedientes fueron tramitados por la Administración.
El Supremo ha ordenado que la relación nominal se remita no solo al propio tribunal, sino también a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral. El próximo 28 de octubre será la fecha límite para comprobar si el Gobierno ha cumplido con el requerimiento judicial, a poco más de un mes de las elecciones generales.