BENEFICIOS

SEPE | ¿Se puede cobrar el paro tras una baja voluntaria?

La institución pide algunos requisitos a los solicitantes que solicitan el respaldo económico. ¿Qué pasa si el solicitante da la baja definitiva?

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece algunos beneficios a las personas que se encuentran desempleadas más conocido como "paro" y para eso deben cumplir una serie de requisitos.

Sin embargo, algunas de ellas se dan de baja y se preguntan si tiene la posibilidad de cobrar el beneficio todos los meses. El organismo informó en su página web que "si abandona un trabajo de forma voluntaria no puede recibir ninguna prestación por desempleo".

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Según la normativa legal, para recibir una prestación por desempleo es requisito que la baja en el trabajo no se haya realizado de manera voluntaria debido a que el sistema de desempleo respalda a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero les falta trabajo.

Aunque, si el beneficiario comienza un nuevo trabajo y el contrato termina por no llegar al periodo de prueba por decisión de la empresa, pero pasaron más de tres meses desde la baja voluntaria, el solicitante podrá realizar el trámite para cobrar una prestación por desempleo, si cumple con los requisitos.

SEPE: ¿qué es la prestación por desempleo?

La prestación por desempleo respalda a quienes desean trabajar y hayan quedado desempleados de manera temporal o definitiva entre un mínimo de un 10% y un 70%.

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Prestación por Desempleo: ¿cuáles son los requisitos para recibir el paro?

Los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos para recibir la prestación por desempleo:

  • La solicitud tendrá que presentarse en el periodo de quince días hábiles siguientes al último trabajo.
  • En caso de que la compañía haya pagado vacaciones por no haberlas usado con anterioridad al cese, debe presentarla en los 15 días hábiles siguientes a la finalización del periodo equivalente a las vacaciones.
  • El Servicio Público de Empleo evaluará las condiciones de los solicitantes. Si el interesado presenta el pedido de prestación contributiva fuera de tiempo, tiene derecho a que se avale a partir de la fecha del pedido.
  • El Sepe informa en un tiempo de 15 días siguientes a la fecha de la petición e informarle en plazo de 10 días a partir de la fecha que se pidió.

Cobro de prestación por desempleo. 

Prestación por desempleo: ¿cómo presentar la solicitud?

Los solicitantes deberán presentar la solicitud en:

  • La sede electrónica del SEPE;
  • En la oficina de prestaciones con cita previa en la Sede Electrónica o por teléfono;
  • En cualquier oficina de registro público;
  • Por correo administrativo;

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