

La prestación de paro por desempleo es una de las ayudas económicas que reciben las personas que se encuentran sin trabajo fijo en España y está a cargo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Los empleados pueden percibir mes a mes, aunque, tienen la opción de cobrar la prestación contributiva en un solo pago. De acuerdo a la institución, lo define como "capitalizar la prestación".
Según la página web es una medida que "facilita las iniciativas de empleo autónomo, abonando en un solo pago el importe de dicha prestación por desempleo a las personas beneficiarias".

¿Cómo hacer la solicitud de pago único?
Los solicitantes pueden hacer la solicitud de pago único a través de la página web del SEPE o de manera presencial, previamente deberá sacar turno.
SEPE: ¿Cuáles son los requisitos para cobrar el todo el paro de una vez?
Los solicitantes deberán cumplir con algunos requisitos para cobrar el paro de una vez:
- Tendrá que percibir una prestación contributiva por desempleo total y definitivo en relación de trabajo, a recibir en fecha de pedido de pago único, al menos por tres meses. Es necesario que tengan pendiente de recibir el mínimo de seis meses;
- No tiene que cobrar el pago único, de cualquier forma, en los cuatro años previos;
- Tendrá que comenzar la actividad en tiempo máximo de un mes desde la resolución que determine el pago único en fecha después del pedido. Luego de que se haya procedido con la solicitud, comenzar con la actividad y darse de alta en la Seguridad Social previo a la resolución del pago;
- Los solicitantes que en 24 meses previos a la solicitud del pago único hayan coincidido el trabajo de manera autónoma con la prestación por desempleo de forma contributiva, podra percibir el pago único para constituirse como trabajadores o trabajadoras por cuenta propia o como personas trabajadoras autónomas socias de una sociedad mercantil.
- Si capitaliza la subvención por desempleo: ¿cuáles son las ayudas y subvenciones complementarias a las que pueden acceder?
- El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o el autonómico, pagará el 50 % de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como persona trabajadora autónoma, calculada sobre la base mínima de cotización, o el 100 % de la aportación de la persona trabajadora en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social.

En ese sentido, si la persona decide trabajar por cuenta propia, podrá recibir estas ayudas:
- De asistencia técnica.
- Subvención financiera.
- Subvención por Renta de Subsistencia.
- Subvención parcial de intereses.
- Subvención para inversión en capital fijo.
En cambio, si se pide el pago único de la prestación para llevar a cabo una cooperativa laboral o una sociedad laboral o agregarse como socio o socia a las mismas, las ayudas que puede obtener deberán ser solicitadas por las propias empresas, que serán las beneficiarias de las mismas, dentro de los programas de ayudas y subvenciones al fomento de la economía social.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes acciones:
- Agregar personas desempleadas como socias trabajadoras o socias de trabajo.
- Subvenciones de intereses de préstamos.
- Ayudas de asistencia técnica.
- Subvención de inversiones en activo fijo.
- Subvención para cooperativas de enseñanza.
- Subvención de actividades de formación, de difusión y de fomento.
- Ayudas a entidades asociativas de Cooperativas y Sociedades Laborales.
¿Qué documentos se deben presentar para solicitar el paro único?
Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación para cobrar el paro de una vez:
- Tener solicitud de pago único impreso
- Españoles y españolas: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
- Extranjeros y extranjeras con residencia legal en España:
- Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
- No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.












