

Hacienda cambia de criterio y permitirá a los jubilados mutualistas cobrar de una vez la devolución del IRPF.
La Agencia Tributaria ha dado marcha atrás en su decisión de fraccionar la devolución del IRPF a los jubilados que cotizaron en mutualidades laborales entre 1967 y 1978. Inicialmente, el 22 de diciembre de 2024, se estableció un pago en varios plazos, pero ahora el Ministerio de Hacienda ha rectificado y abonará la totalidad del importe en un solo pago durante 2025.

Los mutualistas jubilados podrán recibir la devolución del IRPF en un solo pago
"Este derecho a solicitar la devolución de cantidades pagadas de más en el IRPF corresponde a aquellos jubilados que cotizaron mutualidades laborales antes de su jubilación, en lugar de cotizar a la Seguridad Social, por aquellas cotizaciones/aportaciones que no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento", señalan los profesionales de BBVA.
Este es el proceso que estableció la Agencia Tributaria para la correspondiente devolución del IRPF:
- En 2025 se podría solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio de 2019 y ejercicios anteriores no prescritos.
- En 2026, la devolución correspondiente al ejercicio 2020.
- En 2027, la devolución correspondiente al ejercicio de 2021.
- En 2028, la devolución correspondiente al ejercicio de 2022.
De esta forma, en este 2025, los mutualistas que lo soliciten podrán recibir de manera íntegra en un solo pago la devolución de IRPF que le corresponda en función de su situación.

Desde BBVA aclaran que "aquellos beneficiarios que hubieran hecho ya la solicitud de devolución, y la misma no se hubiera ya acordado y abonado con anterioridad a 22 de diciembre de 2024, deberán volver a presentar solicitud de devolución".












