

Es importante que las facturas se guarden para cumplir con las exigencias que tiene Hacienda y así evitar sanciones que puedan producirse en una inspección tributaria. La clave de esto es conocer el tiempo necesario que varía según cada factura.
Para esto, la Ley General Tributaria,ya tiene determinados los plazos exactos que debes respetar para evitar problemas legales si te encuentras en una situación de inspección.
Hacienda: ¿cuántos años hay que guardar las facturas para evitar sanciones?
La Ley General Tributaria, a través de la Ley 58/2003, determina que el plazo mínimo para guardar facturas es de cuatro años. Este periodo corresponde al tiempo durante el cual la Agencia Tributaria, por medio del Ministerio de Hacienda, puede revisar y exigir justificación de las operaciones realizadas.

No obstante, existen situaciones especiales en las que el tiempo de conservación se amplía:
- Cuatro años: plazo general para obligaciones fiscales, como impuestos y declaraciones tributarias.
- Cinco años: operaciones vinculadas a oro de inversión.
- Seis años: documentación mercantil, como libros contables, correspondencia y justificantes, según el Código de Comercio.
No cumplir estos plazos puede derivar en sanciones económicas, por lo que respetar los tiempos de conservación resulta clave para proteger cualquier actividad profesional o empresarial.
¿Cómo organizar las facturas y evitar sanciones de Hacienda?
Guardar las facturas no basta si no se respetan criterios de orden y seguridad en su conservación. Para evitar sanciones y asegurar una correcta respuesta ante una inspección, es necesario archivar los documentos fiscales por ejercicios completos, asegurando su accesibilidad y legibilidad en todo momento.

Además, resulta esencial digitalizar los registros bajo parámetros legales, mantener copias de respaldo y actualizar de forma constante toda la información tributaria relevante.












