

El Tribunal Supremo no está en contra de pagar menor indemnización por despido para los mayores de 60 años, condiciones que considera "razonables y proporcionadas" debido a que los empleados de esa edad se encuentran más cerca de la jubilación.
Tras la sentencia del 24 de enero, la sala social desprecia el recurso contra un fallo de abril de 2021 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que estuvo a favor de Elcogás, Endesa Generación, Enel Spa, Hidroeléctrica del Cantábrico, Électricité de France Internacional e Iberdrola Generación, sobre despido.
El TSJ de Castilla- La Mancha examinó que tratar de manera distinta a los trabajadores en relación a su edad "se encuentra objetivamente justificado en la desigual situación en la que quedan unos y otros trabajadores tras la extinción de sus contratos de trabajo".
El documento indica para todos los afectados una indemnización mayor a la prevista legalmente de 20 días por año trabajado, distinguiendo entre los menores de 60 años y los que tienen una edad superior, así como medidas de recolocación.

¿Cómo quedan las indemnizaciones para los menores de 60 años?
Para los menores de 60 años, se aprobó la indemnización correspondiente al despido improcedente, más una cantidad adicional de 14.500 euros cuando el salario fuera inferior a 50.000 euros brutos anuales; de 10.500 euros si era superior a esa cifra e inferior a 100.000 euros, y de 6.500 euros si no alcanzaba los 150.000 euros.
Las únicas personas que quedan sin indemnización son aquellos salarios que pasan esta última cantidad, y para los demás de 60, las cantidades son menores.
En ese sentido, la sentencia señaló que a los empleados de menor edad les resta "un recorrido profesional y vital más incierto, están todavía alejados de la pensión jubilación, y resulta objetivamente más difícil que las prestaciones de seguridad social que puedan percibir en el futuro alcancen hasta el momento de acceder a esa pensión".
Fuente: Efe












