

El Tribunal Supremo de España ha emitido un fallo en 2024 que permite a los mutualistas afectados recuperar hasta 4000 euros, dependiendo de su situación personal y de los años cotizados en exceso.
Esta decisión, contemplada en el Art. 103 Ley IRPF,es el resultado de un extenso proceso judicial que se inició con la reclamación de un grupo de trabajadores del sector bancario y que posteriormente se amplió a otros sectores como la siderurgia, la construcción y la pesca.
La Agencia Tributaria ha confirmado la fecha para la devolución del IRPF a los mutualistas que pagaron de más en años anteriores. Esta medida, consecuencia de la histórica sentencia del Tribunal Supremo, beneficiará a aproximadamente 4 millones de jubilados que pertenecieron a diversas mutualidades y que, debido a un error en la aplicación fiscal, tributaron por aportaciones que no les correspondían.

Quiénes tienen derecho a solicitar la devolución
Según la sentencia, tienen derecho a esta devolución quienes cotizaron en mutualidades laborales antes del 1 de enero de 1967 al 100% y entre 1967 y 1978 al 25%. Los jubilados que perciben pensiones por Clases Pasivas, mutualidades de autónomos, viudedad o pensiones no contributivas están excluidos de este beneficio.
Para agilizar el proceso, Hacienda ha habilitado un formulario en su página oficial, donde los mutualistas pueden presentar su reclamación. El trámite requiere incluir los datos personales y el número de cuenta bancaria donde se realizará la devolución. Aquellos que ya han completado el procedimiento podrán recibir su dinero en las próximas semanas, mientras que Hacienda dispone de un plazo de hasta seis meses para resolver las solicitudes pendientes.
De ese modo, el Ministerio de Hacienda ha fijado como fecha límite de pago el 30 de diciembre de 2025. El plazo de seis meses desde el cierre de la campaña de la Renta, que concluyó el 30 de junio, garantiza que el ingreso se realice antes de finalizar el año.

Compensaciones por retrasos en la Agencia Tributaria
En caso de que la Agencia Tributaria no cumpla con el plazo establecido, estará obligada a abonar intereses de demora, los cuales se sitúan en torno al 0,4%. Esta disposición asegura que los mutualistas afectados no experimenten demoras adicionales y reciban las cantidades que les corresponden, junto con las compensaciones pertinentes.
La normativa también prevé una protección especial para los herederos de mutualistas que han fallecido. En tales situaciones, los beneficiarios deberán presentar la documentación necesaria para reclamar las sumas pendientes de devolución.
Impacto Económico Notable
El efecto de esta decisión es notable, no solo para quienes se benefician directamente, sino también para las finanzas del Estado. Se prevé que la cantidad total a devolver podría sobrepasar los 16.000 millones de euros, lo que implica un esfuerzo económico considerable para la administración pública.
Los especialistas advierten que este fallo judicial sienta un precedente relevante para futuros casos vinculados a errores fiscales y podría motivar a más trabajadores y pensionados a revisar sus contribuciones y solicitar correcciones en caso de discrepancias.














