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El Congreso de los Diputados debate y vota este viernes 2 de octubre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 26/2026, que entró en vigor el jueves y establece nuevas medidas para suspender determinados desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional. La decisión de la Cámara será determinante para la continuidad de estas medidas.

El real decreto-ley fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 30 de septiembre y entró en vigor el 1 de octubre. Entre sus principales medidas incorpora un régimen temporal de suspensión de determinados procedimientos de desahucio hasta el 31 de diciembre de 2030, además de modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley por el Derecho a la Vivienda.

¿Qué se decide este viernes sobre el Real Decreto-ley 26/2026?

El Congreso debe pronunciarse sobre la convalidación o derogación del real decreto-ley dentro del plazo establecido por el artículo 86.2 de la Constitución Española.

La norma constitucional establece que los decretos-leyes deben someterse al Congreso dentro de los 30 días siguientes a su promulgación y que la Cámara debe decidir expresamente si los convalida o los deroga.

En concreto, el Pleno del Congreso tiene previsto abordar este viernes la convalidación o derogación del RDL 26/2026. Mientras no exista una decisión de derogación, el texto permanece vigente y sus medidas pueden resultar aplicables conforme a los requisitos establecidos en la propia norma.

El Congreso de los Diputados debate y vota este viernes 2 de octubre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 26/2026
El Congreso de los Diputados debate y vota este viernes 2 de octubre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 26/2026Shutterstock

El artículo 2 establece la suspensión de determinados procedimientos cuando la persona demandada se encuentra en situación de vulnerabilidad, carece de alternativa habitacional y se cumplen las condiciones relativas a la parte demandante.

La medida también alcanza determinados procedimientos en los que ya existe sentencia, decreto o auto que acuerda el lanzamiento, siempre que este todavía no se haya ejecutado.

¿Qué pasa con los desahucios que ya están suspendidos si el Congreso lo rechaza?

Si el Congreso no convalida el real decreto-ley, este será objeto de derogación conforme al mecanismo previsto en el artículo 86.2 de la Constitución. La consecuencia es que las medidas cuya vigencia depende exclusivamente del RDL 26/2026 dejarán de contar con esa cobertura normativa.

Pleno del Congreso tiene previsto abordar este viernes la convalidación o derogación del RDL 26/2026
Pleno del Congreso tiene previsto abordar este viernes la convalidación o derogación del RDL 26/2026 Shutterstock

Sin embargo, la derogación no significa que todos los desahucios que ya estén suspendidos deban ejecutarse de forma automática e inmediata. El RDL 26/2026 no establece una regla que ordene el levantamiento automático de todas las suspensiones existentes en caso de que el Congreso no lo convalide. Por ello, cada procedimiento deberá atender a su situación procesal y a las demás normas que resulten aplicables.

Por tanto, si el Congreso lo deroga, dejarán de aplicarse hacia el futuro las nuevas reglas del RDL 26/2026, pero eso no permite afirmar que todos los lanzamientos suspendidos queden automáticamente reactivados en ese mismo momento. La situación concreta dependerá del estado de cada procedimiento y de la normativa que continúe vigente.