Al cumplir con la cantidad de aportes exigido por el sistema público de pensiones de la Seguridad Social, algunos trabajadores tienen permitido jubilarse antes de tiempo. Sin embargo, existe un grupo determinado que podrán retirarse solo al cumplir 66 años y cuatro meses.
En el país, existen diferentes edades para solicitar la jubilación, dependiendo la modalidad de retiro, y adelantar entre dos a cuatro años la edad ordinaria de retiro. Además, hay otras dos edades ordinarias que dependen de los años cotizados.
Las personas que solo podrán jubilarse a los 66 años
Los trabajadores que están obligados a jubilarse con 66 años y cuatro meses son quienes tengan menos de 33 años cotizados a la Seguridad Social para acceder a la pensión. Además, tendrán que tener un mínimo de 15 años de aportes.
Por otro lado, para acceder a la jubilación anticipada de forma voluntaria en España la persona necesitará un mínimo de 35 años cotizados y en los casos de retiro anticipado involuntario o forzoso será necesario contar con un mínimo de 33 años cotizados.
En los dos casos señalados, la Seguridad Social requerirá que dos de los años de cotización se encuentren dentro de los últimos 15 años, explicó el portal Noticias Trabajo.
Si el trabajador cuenta con la cantidad de aportes requeridos, podrá optar por jubilarse a los 64 años y cuatro meses en el caso de la jubilación voluntaria, o a los 62 y cuatro meses cumplidos en el caso de la jubilación de forma anticipada involuntaria.
¿Cuánto será la jubilación correspondiente, según los años de aportes?
El salario que percibirá cada jubilado dependerá de la base reguladora obtenida según sus años cotizados. Quienes tengan 15 años de aportes tendrán derecho al 50% de la base obtenida.
En este último caso, con una base reguladora de 2000 euros y 15 años cotizados obtendrá una pensión de 1000 euros, detalló el portal citado. Además, si aportaron más de 15 años, los porcentajes de la base reguladora serán los siguientes:
- Cada 49 meses cotizados se tendrá un 0,21% adicional de la base reguladora.
- Cada 209 meses se tendrá un 0,19% adicional de la base reguladora.
Por su parte, las personas que hayan aportado 36 años y 6 meses y se jubilen con 66 años y cuatro meses tendrán derecho a cobrar el "100% de la pensión".