Pagos extras

Atención inquilinos: esto dice la Ley de Alquileres sobre los cobros de la inmobiliaria por visitar un piso en alquiler

La demanda de alquileres hace que las inmobiliarias toman partido, ahora cobran por visitar los inmuebles ofrecidos. Conoce si esta acción es legal y que le corresponde pagar al inquilino.

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Buscar un piso en alquiler se ha convertido en una tarea cada vez más desafiante en España. La alta demanda y la escasez de oferta han llevado a situaciones en las que algunas inmobiliarias intentan cobrar a los interesados simplemente por visitar la vivienda. Es por eso que es importante conocer bien qué es lo que reglamente la Ley de Alquileres. 

La Ley de Vivienda de 2023 y la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establecen normas claras sobre los gastos de gestión inmobiliaria en los contratos de arrendamiento. En este artículo, analizamos qué dice la legislación sobre estos cobros y quién debe pagarlos al momento de alquilar un inmueble destinado a vivienda habitual.

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La inmobiliaria no puede cobrar por visitar un inmueble que se destine a vivienda habitual

Uno de los puntos clave a la hora de determinar si una inmobiliaria puede cobrar por visitar un piso es el uso que se le dará a la vivienda. De acuerdo con la Ley de Vivienda de 2023, cuando el alquiler se destina a vivienda habitual, los gastos de gestión inmobiliaria y la formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador, según establece el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

 Algunos inmobiliarios han intentado cobrar a los interesados por visitar un piso, pero la Ley de Vivienda lo prohíbe. (Foto: archivo) 

Esto significa que los inquilinos no están obligados a pagar por visitar una vivienda en alquiler. Sin embargo, esta normativa no se aplica a otros tipos de arrendamientos, como los alquileres vacacionales, de temporada o de locales comerciales. En estos casos, los gastos pueden ser pactados entre las partes.

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Qué gastos tiene que pagar el casero y el inquilino en un alquiler

Cuando el alquiler se destina a vivienda habitual, el propietario del inmueble debe hacerse cargo de una serie de gastos adicionales, además de los honorarios de la agencia inmobiliaria. Entre ellos se encuentran:

  • Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

  • Seguro de la vivienda.

  • Alta de suministros.

  • Comunidad y derramas.

Los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el propietario, no por el inquilino. (Foto: archivo)

En lo que respecta a las reparaciones, la LAU establece lo siguiente:

  • El propietario debe asumir las reparaciones necesarias por desgaste natural o paso del tiempo.

  • El inquilino se hará cargo de pequeñas reparaciones o de aquellas provocadas por un mal uso o negligencia.

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