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En una sentencia fechada el pasado 9 de diciembre de 2025, a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso rechaza el recurso de la Junta de Andalucía contra un fallo de mayo de 2023 del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad autónoma.

El Tribunal Supremo ha rechazado que Hacienda pueda aplicar dos bases imponibles distintas a la compra de un inmueble por parte de dos copropietarios, ya que ambos deben abonar lo mismo en concepto de impuesto de transmisiones patrimoniales.

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Confirmado por el Supremo que un inmueble no puede tributar diferente entre copropietarios

El matrimonio solicitó que se le aplicara un tipo reducido del 3,5% en lugar del general del 8%, argumentando que cumplían con los requisitos establecidos. Sin embargo, la oficina de liquidación únicamente notificó al esposo, omitiendo a la esposa, quien alegó indefensión y logró que se le redujera el pago a la mitad.

Se trata del caso de un matrimonio que adquirió un inmueble, pero Hacienda les aplicó distintas liquidaciones sobre el impuesto de transmisiones patrimoniales y sobre unas sanciones.

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Confirmado por el Supremo: un mismo inmueble no puede tributar diferente para cada copropietario (foto: archivo).

El Supremo respalda al TSJ sobre la valoración uniforme de bienes en comunidad para compradores

El ordenamiento jurídico, según el Supremo, “no admite como válido y procedente que un mismo bien, adquirido en un mismo acto por dos comuneros, arroje valores económicos distintos para los diferentes adquirentes por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, a los efectos de la determinación de la base imponible”.

Fuente: EFE

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