Lo que la Seguridad Social no quiere que sepas: así es cómo puedes jubilarte 10 años antes y cobrar el 100% de la pensión
La Seguridad Social contempla cómo acceder a la jubilación anticipada para 2025.
Actualmente la edad mínima de jubilación en España es de 66 años y cuatro meses o haber cotizado 37 años y nueve meses si se desea acceder al 100% de la pensión. Pero, no son las únicas circunstancias en las que se puede acceder a una jubilación del 100%.
La Seguridad Social contempla una jubilación anticipada pero no todos pueden acceder a ella, existen ciertos requisitos que se deben cumplir para poder percibir la pensión que, de no cumplirse, los interesados enfrentarían una reducción en la cuantía a percibir.
La jubilación voluntaria a los 63 años es una opción para muchos trabajadores, pero implica aceptar reducciones en la pensión dependiendo de los años cotizados. Mientras, la anticipada a los 55 años solo es posible si se ejerce una de las profesiones de riesgo.
¿Qué requisitos necesito para jubilarme antes?
- Tener cumplidos 63 años.
- Contar con al menos 38 años y 3 meses de cotización a la Seguridad Social.
- Aceptar las reducciones en la pensión mediante los coeficientes reductores establecidos.
- No se computan períodos asimilados por maternidad, paternidad u otros conceptos no contributivos.
- La jubilación debe ser solicitada de forma voluntaria, sin exigencia de cese laboral previo obligatorio, salvo excepciones específicas.
Profesiones que permiten la jubilación anticipada a los 55 años en España
- Profesionales taurinos.
- Bomberos de administración pública.
- Miembro del cuerpo de la Ertzaintza.
- Trabajadores ferroviarios.
- Miembro del cuerpo policial local.
- Trabajadores comprendidos dentro del Estatuto Minero.
- Personal en trabajos aéreos.
La edad de retiro en dichos casos varía de acuerdo a la profesión y a los aportes del trabajador pero existen profesiones precisas con las que se puede acceder a este beneficio a los 55 años.
Coeficientes reductores por jubilación anticipada
Los coeficientes reductores se aplican a la pensión en función de los años cotizados, según la Ley 21/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones:
- Menos de 38 años y seis meses: reducción del 21%.
- Entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses: reducción del 19%.
- Entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses: reducción del 17%.
- Más de 44 años y seis meses: reducción del 13%.