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Ley de Amnistía: continúa la orden de arresto a Puigdemont y el Supremo cuestionó a quienes beneficia esta ley

La Fiscalía averigua si le afecta la norma o si la malversación que se le imputa queda fuera de la amnistía a Puigdemont y demás acusados.

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La ley de amnistía continúa siendo polémica y bajo ese contexto ahora el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha comunicado a la Policía que la orden nacional de detención contra el expresidente catalán Carles Puigdemont sigue activa pese a la entrada en vigor de la ley.

Por eso mismo ha pedido opinión a la Fiscalía sobre si le afecta la norma o si la malversación que se le imputa queda fuera del perdón. Además, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha pedido a acusaciones y defensas que se pronuncien sobre si debe aplicar la amnistía a cinco causas enmarcadas en el procés. Entre ellas las condenas por desobediencia a los expresidents Artur Mas y Quim Torra.

El TSJC pregunta a las partes si debe amnistiar a Mas, Torra y los encausados por el 1-O

Se trata del caso por malversación por los preparativos del 1-O, que afecta a los cargos de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó y está pendiente de juicio, así como las condenas por desobediencia a Artur Mas -por organizar la consulta del 9N-, a Quim Torra -por negarse a retirar un lazo amarillo de la Generalitat-, así como al exalcalde y exconseller de ERC Bernat Solé y al exdiputado de la CUP Pau Juvillà.

La aplicación de la amnistía frenaría el juicio contra el diputado de ERC Josep Maria Jové, el presidente del puerto de Barcelona, Lluís Salvadó, y la consellera de Cultura en funciones, Natàlia Garriga, una vista que el TSJC ha programado a partir del próximo 2 de octubre, después de que el pasado mes de abril decidiera aplazarla para no interferir en la campaña electoral del 12M.

En la causa, uno de los principales procesos penales derivados del referéndum unilateral de independencia, la Fiscalía pide 7 años de cárcel para Jové y 6 años y tres meses para Salvadó, al aplicarles la modalidad agravada de malversación por desviar fondos públicos a la organización del 1-O, además de prevaricación y desobediencia. Para Natàlia Garriga solicita un año de inhabilitación por un delito de desobediencia grave.

El TSJC ha emplazado también a las partes a pronunciarse sobre las condenas firmes de los expresidentes catalanes Artur Mas y Quim Torra, así como de Bernat Solé y Pau Juvillà, aunque en su caso la amnistía apenas tendrá efectos sustanciales, puesto que todos ellos fueron sentenciados por el alto tribunal a penas de inhabilitación que ya están liquidadas y la ley no prevé en principio devolver las multas impuestas en resolución firme.

No obstante, la aplicación de la amnistía sí puede tener relevancia para ellos en lo que respecta a la cancelación de sus antecedentes penales, que persisten años después de liquidada la condena.

La amnistía sí puede tener relevancia para ellos en lo que respecta a la cancelación de sus antecedentes penales. Fuente: Archivo

¿A quienes alcanza la amnistía?

En concreto, Artur Mas fue condenado a trece meses de inhabilitación por organizar la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014 -pena liquidada en 2020- junto a las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau, a las que se impusieron nueve y seis meses, respectivamente.

Por su parte, Torra fue condenado por el TSJC a un año y medio de inhabilitación -condena que liquidó en 2022- por desoír una orden de la Junta Electoral que le obligaba a descolgar una pancarta con un lazo amarillo de la fachada de la Palau de la Generalitat, en una sentencia que le costó el cargo en septiembre de 2020.

Cuando ya había dejado de ser presidente del Govern y por lo tanto aforado, un juzgado de lo penal de Barcelona lo condenó a una segunda pena de 15 meses de inhabilitación por desobediencia, al no acatar otra orden judicial para que retirara una pancarta de apoyo a los políticos presos.

Otro de los casos que el TSJC cree susceptible de ser amnistiado es el del exconseller de Exteriores Bernat Solé, condenado en 2021 a un año de inhabilitación por desobediencia grave por facilitar el referéndum del 1-O en Agramunt (Lleida) cuando era alcalde.

Por el mismo delito fue condenado el exdiputado de la CUP Pau Juvillà, al que en 2021 el TSJC impuso seis meses de inhabilitación para cargo público por no retirar lazos amarillos del edificio del Ayuntamiento de Lleida en las elecciones municipales de 2019, cuando era concejal.

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El Supremo mantiene la orden de arresto a Puigdemont y pregunta si le afecta la amnistía

Con la entrada en vigor de la amnistía, el Tribunal Supremo ha solicitado a acusaciones y defensas que presenten sus informes sobre cómo afecta la ley a los respectivos procedimientos, tanto el relativo al proceso independentista catalán de 2017 por el que algunos líderes fueron condenados y otros huyeron, como el del caso Tsunami Democràtic, que también implica a Puigdemont.

En el caso de Llarena, instructor de la causa que afecta a Puigdemont, a Marta Rovira, y a los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig, que nunca llegaron a ser juzgados al huir del país, pide a las partes que informen sobre "la aplicabilidad o inaplicabilidad" de la amnistía a los distintos hechos que se le atribuyen.

El juez quiere saber qué opinan "sobre la pertinencia de mantener o modificar las medidas cautelares" contra ellos, "prestando una particular referencia" a si los delitos de desobediencia o malversación que se les imputan entrarían en la amnistía o si "pueden considerarse excluidos" de la norma por considerar que afectan a los intereses financieros de la Unión Europea, uno de los preceptos que el legislador dejó fuera del perdón.

Entre tanto, el juez ha ordenado comunicar a las Fuerzas de Seguridad que las órdenes nacionales de detención contra Puigdemont y los otros tres procesados "continúan vigentes y activas" y que "deben proceder a su cumplimiento mientras esas decisiones no sean judicialmente modificadas o revocadas", lo que complica un eventual regreso del expresident.

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Hay 10 días para establecer los límites de la amnistía

La ley de amnistía establece que el juez debe acordar "el inmediato alzamiento de las medidas cautelares" y debe dejar sin efecto las órdenes de busca y captura, si bien Llarena considera contradictorio un artículo de la norma en relación a los informes que se deben pedir a las partes, de modo que acuerda dar cinco días a acusaciones y defensas para que expresen su criterio.

También el tribunal que dictó la sentencia del juicio del 'procés', presidido por Manuel Marchena, ha dictado otra providencia en la que da el mismo plazo a los fiscales, a la acusación de Vox y a las defensas de los condenados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa para que informen acerca de si la amnistía cubre el delito de malversación por el que fueron condenados.

Asimismo, da ese mismo plazo a Clara Ponsatí para que se pronuncie sobre el delito por el que fue procesada. Como en el caso de Llarena, los jueces de la Sala de lo Penal recuerdan que la ley señala que "sólo podrá entenderse amnistiado un acto determinante de responsabilidad penal (...) cuando así haya sido declarado por resolución firme dictada por el órgano competente para ello con arreglo a los preceptos de esta ley".

Por último, la magistrada Susana Polo, que investiga a Puigdemont y a Rubén Wagensberg por presunto terrorismo en el caso de Tsunami Democràtic, ha concedido diez días a las partes para que se pronuncien sobre si los hechos que se les imputan entrarían en el perdón fijado en la ley.

Fuente: EFE

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