La Dirección General de Tráfico de España (DGT) implementará a partir de 2026 una modificación fundamental en la renovación del permiso de conducir, la cual tendrá un impacto particular en aquellos conductores nacidos entre 1956 y 1961. Esta medida reducirá el tiempo de vigencia de las licencias a partir de los 65 años y establecerá nuevas condiciones para aquellos que superen los 70.
La normativa tiene como objetivo reforzar los controles médicos y mejorar la seguridad vial, sin establecer un límite máximo de edad para la conducción. De este modo, el organismo español mantendrá el criterio de evaluar las capacidades físicas, sensoriales y cognitivas de cada conductor antes de proceder a la renovación del carnet.
A partir de los 65 años, los permisos de las categorías AM, A1, A2, A y B deberán renovarse cada cinco años, en lugar del plazo habitual de diez. En el caso de los permisos profesionales destinados a camiones y autobuses, la vigencia será aún menor, estableciéndose en tres años.
La decisión impactará de manera directa a aquellos que nacieron en 1961 y cumplan 65 años durante 2026, dado que estarán obligados a iniciar el nuevo esquema de renovaciones periódicas.
De acuerdo con la DGT, el propósito es detectar eventuales limitaciones relacionadas con la visión, los reflejos, la coordinación o el estado cognitivo, antes de autorizar la continuidad en la conducción.
Qué ventajas tendrán las personas mayores de 70 años
La nueva regulación también incluye beneficios económicos para los conductores de mayor edad. A partir de los 70 años, la renovación del permiso estará exenta del pago de tasas administrativas; no obstante, seguirá siendo obligatorio llevar a cabo y abonar el reconocimiento médico correspondiente.
Esto significa que los ciudadanos nacidos en 1956 que necesiten renovar su carnet durante 2026 no tendrán que abonar la tasa de Tráfico. El examen psicotécnico, por su parte, seguirá siendo obligatorio y deberá efectuarse en centros autorizados por la DGT.
Asimismo, las personas mayores de 70 años podrán realizar el trámite sin la necesidad de concertar cita previa, una medida que tiene como objetivo simplificar el procedimiento administrativo y agilizar las renovaciones.
¿La edad limita la posibilidad de conducir?
La DGT y el Real Automóvil Club de España señalan que en España no hay una edad máxima para conducir. El criterio primordial seguirá siendo la aptitud física y mental del conductor, sin importar la fecha de nacimiento.
Solo aquellos que no superen los controles médicos obligatorios o que presenten limitaciones incompatibles con una conducción segura perderán la posibilidad de renovar el permiso.
Los conductores con retirada del carnet por resolución judicial o administrativa también podrán ser inhabilitados.
Los Centros de Reconocimiento de Conductores tendrán la responsabilidad de evaluar cada situación a través de pruebas psicotécnicas que examinan la visión, la audición, los reflejos, la coordinación y las capacidades cognitivas. Siempre que estas condiciones sean adecuadas, el permiso podrá ser renovado sin restricciones relacionadas con la edad.