Tráfico

Adiós carnet de conducir: la DGT no permite renovarlo si tienes alguna de estas enfermedades

Además, la Dirección General de Tráfico (DGT) solicita a los españoles pasar por un examen médico y psicotécnico cada cierto tiempo.

En esta noticia

Para poder subirse al coche y conducir es fundamental estar en plenas facultades físicas y mentales, por la seguridad propia y de los demás ciudadanos. Por ese motivo la Dirección General de Tráfico (DGT) solicita a los españoles pasar por un examen médico y psicotécnico cada cierto tiempo.

Pero además para esta autoridad hay ciertas enfermedades con las que las personas no pueden conducir y por ese motivo no les otorgará ni renovará la licencia

La dirección ha elaborado, entonces, un listado para advertir cuáles son las consecuencias de conducir con ciertas patologías, que pueden llegar a provocar accidentes.

Por qué la DGT no otorga la licencia en algunos casos

La DGT no te renovará la licencia si padeces alguna de estas enfermedades. (Foto: Shutterstock).

La DGT, dependiente del Ministerio de Interior, asegura que para que una persona pueda poner al volante necesita unas capacidades perceptivas, cognitivas y motoras mínimas

Por ello, entre las enfermedades incompatibles con la conducción, según la dirección, se encuentran las vasculares, cardiacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas.

El listado de enfermedades que elaboró la DGT

Conducir con alguna de las enfermedades que determina la DGT, aumenta considerablemente el riesgo de sufrir un accidente en la carretera. Por ello no permite a los conductores que las padezcan obtener o renovar el carnet de conducir, a no ser que dispongan de un informe médico favorable.

Son las siguientes:

  • Enfermedades cardiacas: arritmias, infarto de miocardio, portadores de prótesis valvulares, marcapasos, o desfibriladores automáticos.
  • Enfermedades crónicas y degenerativas: Alzheimer, esclerosis lateral amiotrófica, temblor esencial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, distrofia muscular, osteoporosis, Parkinson, artritis reumatoide.
  • Enfermedades endocrinas: hipotiroidismo y paratiroides, diabetes.
  • Enfermedades oncológicas: trastornos oncohemáticos, dolencias oncológicas.
  • Enfermedades psiquiátricas: como demencia y trastorno de ansiedad, trastorno de la personalidad, depresión, trastorno del sueño, trastorno obsesivo-compulsivo (TOC), trastorno del desarrollo intelectual, TDH, dependencia del alcohol y drogas.
  • Enfermedades vasculares: disección, aneurisma de grandes vasos.
  • Enfermedades neurológicas: crisis o pérdida de conciencia, epilepsia, accidente isquémico transitorio.
  • Enfermedades digestivas: trasplante renal, nefropatía con diálisis.
  • Enfermedades respiratorias: apnea del sueño, disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve.

Nueva normativa de la DGT: qué cambia en la carretera desde ahora

A través de la última edición de su revista oficial, la DGT ha confirmado que habrá nuevas reglas relacionadas al adelantamiento de autos en carreteras, autovías y autopistas.

Las nuevas medidas que analiza la DGT. (Foto: Pixabay).

Si bien aún no se han oficializado las medidas, Ana Blanco, subdirectora de circulación de la DGT, ha ofrecido algunos detalles en lo que respecta a los adelantamientos durante condiciones climáticas complicadas.

Se está analizando la prohibición de adelantar bajo condiciones meteorológicas adversas. Esta iniciativa de Tráfico busca evitar los adelantamientos cuando el clima y la visibilidad son precarios. De acuerdo al organismo, los accidentes tienden a incrementarse con el mal tiempo, lo que ha llevado a proponer esta normativa específica.

"Cuando hay mal tiempo en las carreteras es previsible que se bloqueen todos los carriles, de forma que el recorrido de las máquinas quitanieves en sus labores de limpieza de la vía puede quedar interrumpido", indicó Blanco.


Temas relacionados
Más noticias de DGT