La empresa alimentaria Molinos Río de la Plata recibió hoy un nuevo revés judicial cuando los tribunales rechazaron una medida de no innovar luego de que la AFIP quedara habilitada para emitir boleta de deuda e iniciar la ejecución fiscal de un ajuste millonario en materia de Impuesto a las Ganancias.

El procedimiento de la AFIP había sido realizado por las sumas pagadas en conceptos de dividendos por Molinos Holding Chile a Molinos Río de la Plata Argentina, informó en un comunicado de prensa el ente recaudador que preside Ricardo Echegaray.

En la causa, la AFIP puso en evidencia una maniobra llevada a cabo por Molinos Argentina, quien instrumentó y puso en marcha una estructura a fin de no pagar Impuesto a las Ganancias por las sumas recibidas de Perú y Uruguay, interponiendo una sociedad holding chilena para ampararse en el Convenio para evitar el acuerdo de doble imposición firmado por Chile con Argentina.

La Sala 1 de la Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la medida de no innovar peticionada por la empresa y aseguró que la misma no reunía uno de los requisitos fundamentales.

La Justicia argumentó que ese requisito es el de la verosimilitud del derecho, esto es, que su derecho fuera cierto.

Por otro lado, uno de los magistrados agregó que la propia contribuyente reconocía que el impuesto cuyo pago se le exige responde a una estrategia de planificación fiscal para “aminorar la carga tributaria”, dijo la AFIP.

Y, según el comunicado, el mismo magistrado dijo que en ese contexto no podría asignársele las graves consecuencias de irreparabilidad del perjuicio alegadas por la sociedad porque aquéllas no derivarían sino de impuesto ahorrado que, en circunstancias normales, hubiera debido afrontar por las utilidades concretas que percibió, cuya exigencia pudo haber previsto debido a la complejidad de la operatoria y a las dudas que presenta su interpretación.

FUENTE: Agencias Buenos Aires