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Mientras el Gobierno acumula superávit fiscal, el sector exportador advierte por una demora excesiva de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en la devolución de saldos provenientes de reintegros que se presentan como un incentivo para incrementar las ventas al exterior.

Frente a un alto nivel de demora tanto en la devolución de Impuesto PAIS para los importadores como en reintegros a la exportación, José Bustos, representante letrado del Centro de Despachantes de Aduana (CDA), indicó que un fallo reciente del Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) podría generar cambios en la dinámica de devoluciones de ARCA.

Las demoras "habituales" de más de dos meses, según indican especialistas, se han extendido hasta los 6 meses, incluso existen casos que "duermen en un cajón" hace 2 años. "Es una situación insostenible", indicaron desde un sector representativo de la actividad y señalaron como evidencia del impacto "la caída de exportadores".

Fernando Landa, titular de la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA), indicó que el nivel de demora es "inusualmente" alto, particularmente para empresas medianas y grandes que hacen el 95% de la exportación nacional.

"Hay una incertidumbre sobre el reintegro y recupero de IVA que se traduce en un costo real para el exportador que debe financiar esa demora que ya es magra; su operatoria se hace menos competitiva y al final del día se traduce en menor número de exportaciones".

Hacia la judicialización

Días atrás, el tribunal administrativo hizo lugar a una acción de amparo por mora que presentó la empresa Ferrosider S.A. contra ARCA, a partir de la "demora injustificada" en el trámite de devolución del Impuesto PAIS. Según describe el fallo, entre que la amparista solicitó las devoluciones y que el fisco contestó el requerimiento transcurrieron 10 meses, lo que evidencia una "demora excesiva" en la resolución del trámite.

Ante la ausencia de un plazo específico, la Sala "C" señaló que "corresponde aplicar 60 días desde la presentación de la solicitud" (art. 10 de la ley 19.549) y ordenó que en el término de 30 días finalice el trámite correspondiente a las devoluciones solicitadas respecto del Impuesto PAIS (de los períodos fiscales 7 a 12/2023).

Desde el sector privado esperan que este antecedente contribuya a la normalización de pagos y aseguran que la resolución puede motivar a que aumente la judicialización de los trámites porque "no hay un mecanismo de reclamo eficiente".

La vía forma es la página de consulta en ARCA pero "te responden que está dentro de los plazos y siguen durmiendo las solicitudes sin generar las devoluciones", planteó una contadora especializada en temas aduaneros.

Incentivo devaluado

Los reintegros a la exportación son un mecanismo que busca devolver, total o parcialmente, los impuestos internos que se pagaron durante las distintas etapas de producción y comercialización de una mercadería o servicio, para evitar "exportar impuestos"; una variable que deja fuera de mercado a los producto locales por la alta presión impositiva.

"El estímulo consiste en la devolución de un porcentaje que se calcula sobre el valor FOB de la mercadería, neto de insumos importados de manera directa por el exportador", explicó Victor Brigo, contador especializado en impuestos, y señaló que el trámite tiene tres estados: observado, a autorizar, y devolución generada.

"Una vez que el exportador cumple todos los requisitos necesarios para el cobro (digitalización, cierre de permiso, liquidación de divisas, etc) pasa de observado a autorizar, y si no tiene ningún incumplimiento (deuda o falta de presentación de declaraciones juradas) pasa a devolución generada", describió.

A partir de ahí el exportador debería cobrar el reintegro; si tiene certificado mipyme tiene prioridad para el cobro, sin embargo las demoras se registran en todos los niveles micro, medianas y grandes empresas.

Por otro lado, el recupero de IVA, parte de una solicitud que presenta el exportador a ARCA junto con determinada documentación; el organismo admite la presentación o efectúa un requerimiento para subsanar alguna inconsistencia, luego se revisa y, en caso de ser aprobado, un juez administrativo emite el acto administrativo aprobando la solicitud.

"Si se solicitó la devolución (vía transferencia), una vez aprobado pasa a caja, y si el exportador no tiene ningún incumplimiento (deuda o falta de liquidación de divisas), lo siguiente es el cobro", señaló el especialista.

Los exportadores admiten que el plazo de 15 días que tiene ARCA para aprobar la solicitud no se cumple pero alertan que en la actualidad todo el proceso demora, en promedio, 90 días lo que se traduce en "tiempo muerto" y perjuicio económico - financiero.

"El problema de la demora en la devolución de impuestos no es menor", se quejó un exportador de mosto de uva y contó que la situación obliga a endeudarse para poder calzar financieramente las operaciones. "Ahora que existe superávit fiscal, podrían agilizar la disponibilidad de los fondos", agregó.

Un informe de la Cámara de Exportadoresde la República Argentina (CERA) reflejó existían 9085 empresas exportadoras de bienes, por debajo del máximo histórico de 15.075 alcanzado en 2006.

La cifra que se registró en el último año, es el tercer valor más bajo en los últimos 30 años. Las menores cantidades de compañías se registraron en los años 2023 (sequía), en 2020 (pandemia) y en 2024.