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El jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta; el gobernador de la provincia de Jujuy, Gerardo Morales; el presidente de la Coalición Cívica ARI, Maxi Ferraro; y los jefes del bloque de Juntos por el Cambio (JxC), Mario Negri, Cristian Ritondo, Juan Manuel López y Rodrigo de Loredo; presentaron esta mañana un proyecto de ley que modifica el sistema de multas por trabajo no registrado o mal registrado.
Se trata de la Ley de Registración de la Relación Laboral y modificaciones del sistema de certificado de trabajo y remuneraciones, una iniciativa que busca promover la generación de más empleo privado registrado, y que también apunta contra la industria del juicio. Había sido uno de los compromisos asumidos por Rodríguez Larreta en el último coloquio IDEA.
"El gran desafío de la Argentina es generar trabajo para poder crecer. Hoy lamentablemente tenemos un sistema que en vez de incentivar el trabajo funciona como un cepo a la actividad privada de los argentinos. Tenemos que cambiar eso" afirmó Rodríguez Larreta.
"Hoy las multas dependen de la interpretación de un juez, ya que el concepto de base del cálculo es difuso. Para muchas micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME), la normativa vigente, por su falta de precisiones, abre una gran incertidumbre. Es una confusión saber cuándo una relación laboral está correctamente registrada. Estas sanciones tienen un costo adicional muy alto y muchas de estas empresas debieron cerrar por condenas judiciales impagables", explican los diputados de Juntos por el Cambio.
"El empleo formal registrado no crece desde 2011 y los trabajadores en relaciones parcialmente registradas, o directamente no registradas, continúan fluctuando desde hace décadas en alrededor de un 30 al 40% por ciento", añaden.
La propuesta reforma las partes de las sanciones en tres leyes que se hicieron desde 1992 y mantiene las indemnizaciones de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). "Con este proyecto se busca un nuevo equilibrio que permitirá fortalecer las relaciones laborales e incentivar la creación de trabajo decente sin desproteger a los trabajadores en total cumplimiento de nuestro ordenamiento nacional", concluyeron.
Participaron también: la diputada nacional Silvia Lospennato; los economistas Hernán Lacunza, Eduardo Levy Yeyati, Ezequiel Jarvis, asesor en tema laboral de Fundación Pensar, Horacio Barreiro, asesor en tema laboral de la Fundación Alem; y Julia Pomares, jefa de asesores del GCBA. También son autores del proyecto las diputadas María Eugenia Vidal y Graciela Ocaña.
Cómo cambian los montos de la indemnización
Cambia la manera de calcular las sanciones. Dependía, hasta ahora, de la interpretación de un juez ya que el concepto de base del cálculo era difuso ("el salario reclamado por el trabajador"). Ahora pasa a tener uno transparente como es el Salario Mínimo Vital y Móvil (el monto de la multa pasa al 25% del SMVM).
Este proyecto precisa qué se entiende por una relación laboral correctamente registrada y qué es "remuneración no registrada", evitando que se amplíe en la Justicia (como viáticos, uso de celulares, etc).
Le da al empleador una forma en apariencia simple de cumplir con la ley. A través de una descarga virtual en AFIP, podrá tener los certificados de trabajo y remuneraciones durante la relación laboral o después. Hoy existe una sanción que se eliminaría en adelante.
Se establece que el reclamo de las multas tiene igual plazo de prescripción que todo el resto de los reclamos laborales previsto en la LCT, es decir dos años (hoy no está explícitamente establecido).
El trabajador no pierde ninguna instancia, según aseguran cerca del alcalde porteño. Mantiene la indemnización. Puede reclamar a la policía laboral de su distrito, ante su sindicato y en la AFIP si no estuviera correctamente registrado, como es hoy. Si es despedido por reclamar mantiene una protección equivalente que pasa a un monto de 2 SMVM.
Si fuese despedido, el trabajador podría saber cuánto es el monto en caso de condena y podría decidir si le conviene ir a juicio o conciliación.
El proyecto modifica el destino de las sanciones del trabajador individual al sistema de la seguridad social (deja abierta a la reglamentación la posibilidad de fijar hasta un tope de 20% para el trabajador individual frente a la seguridad social). El cambio de destino alude que al trabajador le corresponde la indemnización mientras que las sanciones financiarán a la seguridad social para sostener jubilaciones y pensiones, obras sociales y salud, el seguro de desempleo y otras prestaciones sociales, que benefician a los trabajadores.
Ejemplo: caso de un trabajador con un año de trabajo no registrado, salario de $100.000. Hoy el empleador paga, además de la indemnización prevista en la LCT ($386K), sanciones por $900K. Con el proyecto, se mantiene la indemnización y el monto de las sanciones pasa a $290K.