El Gobierno oficializó este lunes el nuevo índice combinado que se utilizará para calcular los haberes iniciales de los trabajadores que se jubilen a partir de diciembre de 2025.

La medida, que fue aprobada mediante la Disposición 29/2025 de la Subsecretaría de Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, establece el mecanismo de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que finalicen su actividad laboral desde el 30 de noviembre o soliciten su beneficio previsional a partir del 1 de diciembre del corriente año.

Esta actualización trimestral del índice combinado representa un componente fundamental en el sistema previsional argentino, ya que permite determinar con mayor precisión el haber jubilatorio inicial de quienes acceden a su retiro.

El mecanismo fue establecido originalmente por el artículo 4 de la Ley 27.609, que sustituyó el artículo 2 de la Ley 26.417, y busca reflejar fielmente la evolución salarial que experimentaron los trabajadores a lo largo de su vida laboral activa.

Jubilaciones: cómo funciona el nuevo índice combinado

El índice combinado surge de la fusión de dos indicadores clave del sistema previsional argentino.

  • Por un lado, se considera el RIPTE, que es la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, un indicador que elabora la Secretaría de Seguridad Social y que refleja la evolución de los salarios registrados en el país.
  • Por otro lado, se incorpora el índice de movilidad previsto en el inciso b del apartado I del artículo 5 de la Ley 27.260 y sus modificatorias. Esta combinación permite que el cálculo del haber inicial tenga en cuenta tanto la evolución de los salarios reales como otros factores económicos relevantes.

La implementación de este sistema fue reglamentada mediante el Decreto 104/2021, que estableció que la Secretaría de Seguridad Social debía elaborar y publicar trimestralmente el índice combinado, junto con la metodología utilizada para su confección.

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En cumplimiento de esta normativa, la entonces Secretaría de Seguridad Social dictó la Resolución 3/2021, que aprobó la metodología específica para la elaboración del índice y estableció su valor para la actualización de las remuneraciones mensuales.

La Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social, que depende de la Subsecretaría de Seguridad Social de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, fue la encargada de elaborar el índice combinado que ahora se aplica. El cálculo se realizó siguiendo estrictamente la metodología establecida en el Anexo I de la Resolución 3/2021, garantizando así la transparencia y consistencia del proceso.

Cambio importante y mejora

La importancia de este índice radica en su función dentro del cálculo jubilatorio. Cuando un trabajador se jubila, su haber inicial no se calcula simplemente promediando los últimos salarios percibidos, sino que se toman en cuenta los mejores años de su historia laboral, actualizados mediante este índice combinado.

De esta manera, los salarios históricos se ajustan para reflejar su valor real en términos actuales, evitando que la inflación y otros factores económicos distorsionen el cálculo del beneficio previsional.

Esto permite que el sistema previsional mantenga su equidad, asegurando que quienes se jubilan en diferentes momentos reciban un tratamiento comparable en términos del poder adquisitivo de sus haberes iniciales.

La disposición lleva la firma de Alexandra Biasutti, subsecretaria de Seguridad Social, y entró en vigencia inmediatamente después de su publicación en el Boletín Oficial.