La Justicia Federal comenzó a emitir sentencias que declaran inconstitucionales los aumentos por decreto de la polémica Tasa Estadística y, según expertos, las empresas podrían reclamar devoluciones por operaciones realizadas desde 2021.
Un nuevo frente judicial se abre para el sector importador en Argentina. A raíz de recientes fallos judiciales, crece la expectativa entre las empresas por la posibilidad de recuperar sumas abonadas a la Dirección General de Aduanas (DGA), bajo la órbita de ARCA.
Se trata del concepto de Tasa de Estadística, un gravamen que ha estado en el centro de la polémica debido a la forma en que se dispusieron sus aumentos en los últimos años.
La controversia, según explica Cecilia Martín, socia del área de Derecho Tributario en Nicholson y Cano, radica en la “debilidad constitucional” de las normas que elevaron y prorrogaron la alícuota de la tasa desde 2019.
El núcleo del problema es el uso de decretos para modificar elementos esenciales de un tributo, algo que colisiona con el principio de legalidad tributaria que exige que cualquier carga impositiva sea definida exclusivamente por el Congreso Nacional mediante una ley formal.

“Se cuestiona si el Poder Ejecutivo contaba con una habilitación legislativa suficiente para modificar o extender la alícuota de la tasa”, señala Martín.
Cronología de la escalada tributaria
La escalada de la alícuota ha pasado por diversas etapas que hoy son el blanco de las demandas:
- Mayo 2019: El Decreto 332/2019 elevó la tasa del 0,5% al 2,5%.
- 2020 - 2021: Las leyes 27.541 y 27.591 la fijaron en el 3%.
- 2021 - 2027: Sucesivos decretos (901/2021 y 1140/2024) mantuvieron y prorrogaron la alícuota alta, extendiéndola actualmente hasta diciembre de 2027.

Además de la legalidad, los especialistas ponen en duda la razonabilidad del monto: al ser una “tasa”, el cobro debería ser proporcional al servicio prestado (estadística aduanera), algo que los importadores consideran que no se cumple.
La Justicia inclina la balanza
A partir de fallos recientes que han dado la razón a los contribuyentes lo que antes era una discusión teórica, ahora tiene respaldo en los tribunales.
En ese sentido, desde Nicholson y Cano destacan la causa “Dass Argentina SRL c. EN-DGA” del 18 de febrero de 2025 en la que confirmó la inconstitucionalidad del incremento de la alícuota de la tasa de estadística dispuesto por el Decreto 332/2019. “Al no existir una clara política legislativa que habilite la delegación al Poder Ejecutivo para modificar dicha alícuota”.
El mismo resultado obtuvo el proceso iniciado por “Dak Americas SA c. EN-DGA” del 10 de abril de 2025.

En igual sentido, la Sala B de la Cámara Federal de Mendoza ha dado la razón al importador en la causa “Colgate-Palmolive Argentina S.A. c/DGA”.
“Estos antecedentes no suponen, por sí solos, el cierre definitivo de la discusión”, dijo la especialista pero aclaró que “sí revelan que la cuestión ha dejado de ser puramente teórica”.
El tema comenzó a consolidarse en sede judicial y “abre un escenario de revisión” para empresas que realizaron importaciones y abonaron la tasa bajo este esquema normativo.
Claves para reclamar
“Las empresas que hayan realizado importaciones en los últimos años podrían encontrarse hoy ante una oportunidad concreta de reclamar judicialmente la devolución de las sumas abonadas en concepto de Tasa de Estadística, con más sus intereses”, señaló Martín.
Si bien las operaciones realizadas entre 2019 y 2020 podrían estar prescriptas, la oportunidad real se encuentra en las importaciones oficializadas desde enero de 2021 hasta la fecha.
Para las compañías con grandes volúmenes de comercio exterior, los montos a recuperar —incluyendo intereses— podrían representar un alivio financiero significativo.

Los expertos recomiendan realizar una auditoría de la documentación aduanera para cuantificar el impacto y evaluar la viabilidad de una acción de repetición (reclamo de devolución).
“En una Argentina que busca consolidar condiciones más estables para la inversión, la producción y el comercio exterior, la forma en que se definen, modifican y prorrogan las cargas tributarias no es una cuestión menor", dijo Martin.
En ese marco, lo que resuelvan los tribunales “no sólo tendrá impacto patrimonial para las empresas involucradas, sino también relevancia institucional para la previsibilidad y seguridad jurídica del comercio exterior argentino", agregó.
















