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Con la apertura de los comicios para las elecciones legislativas en la Ciudad de Buenos Aires, rige la veda electoral desde viernes 16 de mayo a las 8 de la mañana. Esta se extenderá en el distrito porteño hasta tres horas después del cierre de los comicios, este domingo a las 21 horas.
Durante este lapso de tiempo, los candidatos no pueden realizar actos de campaña o proselitistas. Pero también hay restricciones para los ciudadanos en general.
Elecciones 2025 en CABA: cuánto dura la veda electoral
Según establece el Código Nacional Electoral (CNE), la veda electoral comienza a regir 48 horas antes de la apertura de los centros electorales y termina tres horas después de cerrados los comicios.
En estas elecciones legislativas, la veda comenzó a regir este viernes 16 desde las 8 y alcanzará al territorio porteño hasta las 21 de hoy domingo 18 de mayo.
Para los candidatos, prohíbe todo tipo de declaraciones de propaganda política. Lo mismo para los funcionarios o comunicadores sociales, a la vez que tampoco pueden difundirse encuestas y sondeos preelectorales.
Sin embargo, el PRO denunció a La Libertad Avanza por infringir la veda -entre otros delitos como usurpación de identidad- por el video falso de Mauricio Macro que se viralizó en redes sociales en el que se lo veía anunciar que Silvia Lospennato bajaba su candidatura.
Tras esto, el partido amarillo denunció penalmente a LLA, quienes presumen que difundieron el video dado que los principales referentes del partido en redes sociales lo compartieron, al igual que una cuenta que se vincula al asesor presidencial, Santiago Caputo.
Qué no se puede hacer en el período de veda electoral
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
- Vender bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
- Realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que se refieran al acto electoral.
- Portar armas.
- Portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
Cabe aclarar que, en la Ciudad de Buenos Aires, la venta de bebidas alcohólicas se encuentra suspendida desde las 20 horas de este sábado 17 de mayo y se extenderá hasta las 21 del domingo 18, es decir, tres horas después del cierre de las mesas de votación.
¿Qué pasa si no se cumple la veda electoral?
Quienes no respeten la veda electoral podrán ser denunciadas y sancionadas si se comprueba que efectivamente violaron el Código Electoral. Esto implicaría:
- Multas económicas de entre $10.000 y $100.000.
- Penas de prisión de 15 días a 6 meses para quienes comercialicen bebidas alcohólicas durante el periodo prohibido.
- Hasta 15 días de prisión para personas que porten armas o exhiban insignias partidarias el día de la votación.