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Si una persona jubilada decide reinsertarse en el mercado laboral, no perderá su pensión, sin embargo, deberá cumplir con una obligación fundamental: notificar el reingreso a ANSES y abonar aportes previsionales.
El descuento será del 11% sobre el salario, destinado al Fondo Nacional de Empleo. Este aporte no genera derecho a reajuste en la jubilación, puesto que no se contabiliza para incrementar el haber.
¿A quiénes les corresponde notificar el reingreso?
Esta disposición se aplica a jubilados que reanuden actividades laborales bajo relación de dependencia o en calidad de autónomos. El procedimiento es de carácter obligatorio y debe ejecutarse en una oficina de ANSES, sin necesidad de solicitar un turno previo.
Casos especiales
- Retiro estatal y empleo público: el jubilado que se desempeñe en la administración pública debe elegir entre su salario o la prestación previsional.
- Regímenes especiales (tareas riesgosas o insalubres): se prohíbe el retorno a trabajos que presenten las mismas condiciones que antes.
- Jubilación por invalidez: no se autoriza la reingreso a trabajos en relación de dependencia. En caso de contravenir esto, se suspenderá el pago de la prestación. Solamente se permite la actividad autónoma.
Documentación necesaria
- DNI.
- Último recibo de cobro.
- Formulario PS 6.10 (Declaración de Reingreso), firmado por el jubilado y el empleador, con certificación bancaria, previsional, judicial o notarial.
¿Cómo hacer el trámite?
- Reunir la documentación y certificar las firmas.
- Presentarse en una oficina de ANSES con todos los papeles.
- Verificar datos personales y vínculos familiares en Mi ANSES.
¿Por qué se aplica el descuento?
El aporte del 11% busca sostener el sistema previsional y garantizar el financiamiento del Fondo Nacional de Empleo. Aunque el jubilado vuelve a aportar, estos pagos no modifican el haber ni generan beneficios adicionales.
¿Qué pasa en caso de que no se informe?
No declarar el reingreso puede generar sanciones y problemas en la liquidación de haberes. Por eso, ANSES recomienda cumplir el trámite apenas se retome la actividad.