En esta noticia
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y comercialización de un conocido jabón desinfectante por no contar con los permisos correspondientes.
La medida fue oficializada a través de la disposición 4686/2025 publicada en el Boletín Oficial.
¿Qué jabón desinfectante prohibió ANMAT?
El organismo de control prohibió la comercialización de un jabón desinfectante por presentar una serie de irregularidades en su comercialización.
Se ordenó la detención del producto rotulado como "Clorhexidina Presentación Jabonosa, Clorhexkyn, Uso Externo, 500 cc, Lote 7916, VTO 07/28, legajo N° 8453, Certificado N° 59450".
Según los registros, el medicamento corresponde a la firma AVC FARMA SA. pero cuando fueron al local declarado se encontraba abandonado, por lo que consultaron a la Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgo del INAME para poder contactar a los responsables.
Sin embargo, la empresa afirmó nunca haber comercializado el producto y que tampoco habían adquirido insumos para su fabricación. Las inspecciones llevaron a la detección de 70 cajas del producto en un depósito de la empresa Medigasa Industrial, en Villa Martelli. Esta firma aseguró que los productos pertenecían a Atennea SRL y que solo utilizaron el espacio para almacenamiento.
Por su parte, Atennea SRL reconoció operaciones comerciales con la droguería Millenium II de Santa Fe, pero no pudo acreditar la procedencia de los productos.
En consecuencia, ANMAT determinó que se trató de una serie de incumplimientos e irregularidades en la distribución, habilitación y transporte del medicamento.
"Puede afirmarse que la firma ATENNEA ARL ha comercializado y distribuido un producto falsificado", explica el documento.
La disposición final de ANMAT respecto al jabón desinfectante
Tras corroborar que el producto no cumplía con las medidas de seguridad correspondientes, ANMAT decidió prohibir el uso y comercialización del medicamento "CLOREXIDINA PRESENTACION JABONOSA, CLORHEXKYN, USO EXTERNO, 500 CC, L: 7916, VTO:07/28, legajo N° 8453, CERTIFICADO N° 59450".
En la misma línea, se prohibió la distribución y comercialización de medicamentos a la firma MEDIGASA INDUSTRIA SRL y a ATENNEA SRL.