Empleadas domésticas: de cuánto es el aumento de mayo y cuánto sale de tu bolsillo en aguinaldo, vacaciones y obras sociales

En abril se completa el último de los tres tramos del aumento del 28% fijado en diciembre para empleadas domésticas, ¿Cuánto cobra cada categoría por hora y por mes? ¿Quién debe realizar los aportes y contribuciones?

Gracias al aumento del 28 % fijado el pasado año para el régimen de trabajadores de casas particulares, en abril se completa el último de los tres tramos en los que este fue dividido, correspondientes a diciembre del 2020, febrero del 2021 y, por último, el corriente mes.

De esta forma, luego de un aumento del 10 % en diciembre y del 8 % en febrero, en abril se suma un 10 % más para concluir con el 28 % fijado.

Al estar inscriptos como empleados "en blanco" en la AFIP, los trabajadores del hogar relacionados a la limpieza, la jardinería, el cuidado de personas y otro tipo de trabajos domésticos podrán acceder a la cobertura de una obra social, una jubilación, vacaciones, aguinaldo y ART.

Existen dos modalidades de prestación según el trabajo realizado:

  • Con retiro: el trabajador no reside en el lugar donde cumple con sus tareas y puede ser empleado por una o más personas a la vez.

  • Sin retiro: el trabajador vive en el mismo lugar donde cumple su labor.

Para quienes paguen por jornada o por semana, deberán aplicar el aumento de forma inmediata en los pagos realizados en abril, mientras que los empleadores que abonen de forma mensual deberán aplicar el 10 % de aumento a partir de mayo.

CÓMO QUEDAN LOS MONTOS SEGÚN LAS DISTINTAS CATEGORÍAS


Supervisora: coordina y controla las tareas de personas a su cargo como, por ejemplo, niños.

  • Monto por hora con retiro: $ 223,50
  • Monto por hora sin retiro: $ 244,50
  • Monto mensual con retiro: $ 27.928
  • Monto mensual sin retiro: $ 31.108,50

Personal para tareas específicas: individuos contratados para tareas puntuales que precisan cierto conocimiento para llevarlas a cabo

  • Monto por hora con retiro: $ 211,50
  • Monto por hora sin retiro: $ 232
  • Monto mensual con retiro: $ 25.946,50
  • Monto mensual sin retiro: $ 28.883

Caseros: individuos que se dedican al cuidado de una vivienda

  • Monto por hora con o sin retiro: $ 199,50
  • Monto mensual con o sin retiro: $ 25.315

Cuidado de personas: asistencia y cuidado de otro individuo, sin acompañamiento terapéutico

  • Monto por hora con retiro: $ 199,50
  • Monto por hora sin retiro: $ 216,50
  • Monto mensual con retiro: $ 25.315
  • Monto mensual sin retiro: $ 28.211

Personal para tareas generales: tareas del hogar tales como limpieza, jardinería, cocina, etc.

  • Monto por hora con retiro: $ 185
  • Monto por hora sin retiro: $ 199,50
  • Monto mensual con retiro: $ 22.765,50
  • Monto mensual sin retiro: $ 25.315

El pago de las remuneraciones deberá realizarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios. Si no se puede realizar en efectivo, se utilizará un cheque o un depósito bancario sin costo para el empleado.

Los empleados mensualizados podrán cobrar hasta el cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario, mientras que el personal remunerado por día o semana lo recibirá al final de cada jornada, según lo convenido.

Los salarios del personal domésico no se ajustan según el salario Mínimo, Vital y Móvil, ya que se encuentran excluidos de ese régimen, sino que se rigen por lo establecido por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y quién efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la principal actividad que desempeñe.

ADICIONAL POR ZONA DESFAVORABLE

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 25 % sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

¿Quién debe realizar los aportes y contribuciones?

Los aportes están a cargo del empleado mientras que las contribuciones las debe pagar el empleador. Los importes a pagar se determinan de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas. Los valores vigentes son los siguientes:

Menos de 12 horas de trabajo por semana

  • Importe total a pagar: $ 423,86
  • Aporte a cargo del empleado: $ 84,49
  • Contribuciones a cargo del empleador: $ 29,82
  • Cuota ART a cargo del empleador: $ 309,55

Entre 12 y 16 horas de trabajo por semana

  • Importe total a pagar: $ 687,81
  • Aporte a cargo del empleado: $ 156,55
  • Contribuciones a cargo del empleador: $ 59,63
  • Cuota ART a cargo del empleador: $ 471,63

16 horas o más de trabajo por semana

  • Importe total a pagar: $ 1.834,62
  • Aporte a cargo del empleado: $ 1.041,22
  • Contribuciones a cargo del empleador: $ 86,97
  • Cuota ART a cargo del empleador: $ 706,43

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Comentarios

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  • CA

    Claudia Analía

    24/04/21

    DONDA: TELÉFONO PARA VOSSSS......

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    Responder