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El Gobierno fijó en $ 27.200 millones el techo anual para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a empresas de servicios públicos que perciben subsidios o compensaciones tarifarias del Estado nacional.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 1759/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y establece el cupo máximo para el recupero de créditos fiscales del IVA correspondientes al ejercicio 2025 y a saldos de períodos anteriores que aún pueden recuperarse. Del total autorizado, el sector energético concentrará cerca del 90% de los fondos.

Devolución del IVA: a quiénes alcanza la disposición

El régimen alcanza a las empresas de servicios públicos cuyas tarifas se encuentran reducidas por la percepción de subsidios, compensaciones tarifarias o asistencia económica otorgada por el Estado nacional, ya sea de forma directa o mediante fideicomisos.

El esquema permite recuperar créditos fiscales de IVA originados en la compra, elaboración o importación de bienes, así como en la contratación de obras y servicios destinados a la prestación de la actividad.

La medida también alcanza a los subsidios en transporte.

Del techo de $ 27.200 millones, el sector energético tendrá asignado un cupo de $ 24.500 millones. El transporte contará con un límite de $ 2500 millones, mientras que las restantes actividades dispondrán de $ 200 millones.

El cupo establecido aplicará a las solicitudes sobre saldos acumulados por créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se hubiere generado durante el año 2025. Asimismo, la norma abarca a los saldos de ejercicios anteriores que estén en condiciones de recuperarse y no hayan sido procesados previamente bajo los límites máximos correspondientes a cada período.

El esquema se encuentra previsto en la Ley de IVA y en el Decreto Reglamentario 692/1998. Con esta resolución, el Ministerio de Economía volvió a fijar el techo anual para este régimen, en línea con el mecanismo de asignación que se aplica desde 2019.