

Cuando un ciudadano o una empresa pide una devolución de impuestos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la entidad supera el plazo legal para entregar el dinero, se activa un derecho poco conocido entre los contribuyentes colombianos: el cobro de intereses moratorios a su favor, una figura que está en la legislación pero que rara vez se menciona.
Así lo explicó Christian Quiñonez, exsubdirector de la DIAN, en declaraciones recogidas por Portafolio. Según detalló, la autoridad tributaria tiene tiempos máximos para hacer las devoluciones y, una vez vencidos, comienzan a generarse intereses en beneficio del solicitante.
Los plazos legales que tiene la DIAN para devolver el dinero
De acuerdo con el experto, la regla general establece que la entidad cuenta con 50 días hábiles para concretar una devolución solicitada por un contribuyente. Sin embargo, hay casos especiales con plazos más cortos:
- 30 días hábiles para productores de bienes exentos.
- 20 días hábiles para devoluciones respaldadas con póliza de garantía.
- 15 días hábiles para devoluciones automáticas, aplicables a contribuyentes de bajo riesgo.
Si la entidad supera esos términos, los intereses empiezan a correr desde el día siguiente al vencimiento del plazo, según el mecanismo previsto en el artículo 863 sobre intereses moratorios.
Intereses tras una disputa con la entidad
Hay un segundo caso en el que el contribuyente puede exigir intereses, según indicó Quiñonez: cuando la DIAN niega una devolución y, tiempo después, esa negativa se revierte a favor del solicitante.
Ante un rechazo definitivo por considerar que el saldo no corresponde, el ciudadano o la empresa dispone de varias vías legales. Una es el recurso de reconsideración, en el que la propia área jurídica de la entidad evalúa si actuó bien. Otra es llevar el caso a la justicia a través de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.

Si el desenlace favorece al contribuyente, también puede reclamar intereses por el lapso que pasó entre la negativa inicial y el desembolso efectivo. Dicho de otro modo, tanto las demoras como las decisiones que luego se dan vuelta pueden traducirse en desembolsos extra que asume la propia DIAN.
El mito sobre entrar en el “radar” de la DIAN
Estas devoluciones ganaron atención pública a raíz del caso de Lili Pink y de la investigación que abrió la Fiscalía General de la Nación por presunto lavado de activos, según recordó el medio citado. Ese episodio instaló entre muchos la idea de que reclamar devoluciones de IVA podía exponerlos a un control de la entidad.
Sin embargo, Quiñonez salió a desmentir esa creencia. Para el exfuncionario, pedir una devolución no equivale a quedar bajo la lupa: lo que define si un caso se revisa es el perfil de riesgo y qué tan consistente resulta la información que cada uno declara ante la autoridad.
El especialista aportó un dato para dimensionarlo: apenas cerca del 3% de las solicitudes pasa por una auditoría, ya que la entidad usa parámetros técnicos para decidir dónde mirar de cerca. Por eso, sostuvo, la mejor forma de no llamar la atención es mantener las cuentas ordenadas y contar con soportes sólidos de cada operación declarada.










